MINERÍA - MODIFICA DECRETO-LEY N° 432/57 SOBRE CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FOMENTO MINERO.
Publicado en el Boletín N° 5443, el día 12 de Julio de 1957.
DECRETO - LEY N° 546 - E
SALTA, 25 de junio de 1957
VISTO que la Dirección Provincial de Fomento Minero solicita se le amplien los términos del Art. 3º del decreto-ley Nº 432, de fecha 21 de marzo de 1957, en cuanto a la calidad del profesional que pueda desempeñar el cargo de Director;
Por ello,
El Interventor Federal Interino en la Provincia de Salta en Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta
Con Fuerza de Ley:
Art. 1° - Apruébase el Art. 3° del Decreto - Ley N° 432, de Salta 21 de marzo de 1957 dejando establecido que podrá desempeñar el cargo de Director de la Dirección Provincial de Fomento Minero, un Ingeniero de Minas, un Ingeniero Geólogo o un Geólogo.
Art. 2° - Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo do la Nación.
Art. 3° El presente Decreto – Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 4° - Comuníquese, publíquese insértese en el Registro Oficial y archívese.
CARLOS J. SHAW DE ESTRADA - RAUL BLANCHE
Es Copia:
MARIANO COLL ARIAS
Oficial Mayor Ministro de E. F. y O. Públicas