INMUEBLES - AUTORIZA PRESENTACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INMUEBLES DE PLANOS PARA CONSTRUCCIÓN DE BARRIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO.
Publicado en el Boletín N° 6594, el día 10 de Abril de 1962.
DECRETO-LEY 56-E
SALTA, 27 de Marzo de 1962
VISTO el expediente nº 733/62 (M.E.F. y O.P.) vinculado con gestiones que realiza la Cooperativa de Construcción del Barrio Nuestra Señora del Rosario; y,
CONSIDERANDO:
QUE el fraccionamiento proyectado para la contracción del Barrio Nuestra Señora del Rosario, según croquis de fs. 11, expediente nº 733/62, originará parcelas cuyas dimensiones, si bien son inferiores a las que establece al respecto el artículo 4° de la Ley 1338/51, resultarán complemento adecuadas para el tipo de viviendas a construirse en las mismas;
QUE con el citado fraccionamiento se consigue un mejor aprovechamiento de la tierra, máximo si se tiene en cuenta la falta de disponibilidad de inmuebles fiscales dentro del éjido urbano;
Que las casas a construirse, de cuyas características y dimensiones ilustra el plano de fs. 10 reúnen el mínimo de comodidades compatibles con las necesidades de una familia y con las condiciones económicas de sus futuros adjudicatarios, ex ocupantes del Barrio Junín;
Que la construcción del citado barrio se efectuará en buena parte mediante el aporte del esfuerzo propio de sus futuros pobladores, lo que significa la implantación de una nueva y plausible modalidad en muestro medio;
Que todas estas realizaciones no pueden ser frustradas ni menguadas, y más aún el Poder Ejecutivo debe estimularlas proveyendo las soluciones que estuvieren en sus manos arbitrar;
POR TODO ELLO:
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1°.- Autorízase la presentación ante DIRECCIÓN GENERAL DE INMUEBLES y su aprobación por parte de la nombrada repartición, del plano de fraccionamiento del inmueble de propiedad fiscal registrado como catastro Nº 6847, parcela 1, manzana 104, Sección G, título consignado a folio 9, asiento 7 (marginal), libro 18 de títulos generales destinado a la construcción del Barrio Nuestra Señora del Rosario, dejándose sin efecto para dicho fraccionamiento, por esta única vez y como excepción, las limitaciones impuestas por el artículo 4° de la ley 1338/51 en lo que se refiere a frentes de lotes, cuya medida mínima será de 7,93 mts.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese el Registro Oficial y archívese.
ESCOBAR CELLO
Juan José Esteban
Es copia:
E. ANTONIO DURAN
JEFE DE DESPACHO
Subsecretario de Obras Públicas