BANCO PROVINCIAL DE SALTA - APRUEBA EL BALANCE GENERAL DEL BANCO PROVINCIAL DE SALTA AL 31 DE DICIEMBRE DE 1956.
Publicado en el Boletín N° 5461, el día 07 de Agosto de 1957.
DECRETO-LEY Nº 593-E.
SALTA, Julio 25 de 1957
El Interventor Federal en la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley;
Art. 1º.— Apruébese el Balance General del Banco, Provincia de Salta al 31 de diciembre de 1936, corriente en estas actuaciones.
Art. 2º.— Dispónese que en lo que respeta al presente ejercicio el organismo expresado de deberá adoptar las siguientes medidas:
a) Rubricar de inmediato sus libros principales de contabilidad;
b) Proceder a realizar el estudio minucioso de la Cuenta Deudores en Gestión a un de efectuar los cargos correspondientes a la cuenta de Ganancias y Deudas, o crear la necesaria para hacer frente a las incobrabilidades que se legislen.
Art. 3º. — Dejase establecido que en lo sucesivo el Banco Provincia de Salta no efectuará distribuciones de utilidades ni publicación de balances sin la previa aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia.
Art. 4º. — Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5º. — El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General
Art. 6º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA
ALBERTO JULIO CHUEKE
JUAN FRANCISCO MATHO
ROQUE RAUL BLANCHE
Es Copia:
Santiago Felix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del Ministerio de E. F. y O. P.