DECRETO-LEY N° 6/76
JUDICIALES – MODIFICA ESCALA PORCENTUAL DE REMUNERACIONES PARA MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL.

Publicado en el Boletín N° 9950, el día 23 de Marzo de 1976.

DECRETO LEY N° 6/76

Salta, 25 de febrero de 1976.
El Interventor Federal en la Provincia decreta con fuerza de

L E Y

Artículo 1º.- Con vigencia al 1º de enero del año en curso, modifícase la escala porcentual de

remuneraciones para los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial fijada por Ley

Nº 4.862 de fecha 29/07/74, por la siguiente:

Jerarquías Porcentaje

Presidente y Ministro de Corte 100

Fiscal de Corte 94

Camarista 90

Fiscal de Cámara 85

Juez 82

Ministerio Público 72

Secretario de Corte 82

Secretario de Cámara 65,5

Secretario de Juzgado 62,5

Jefe de Departamento 62,5

Jefe de División 57,5

Oficial Superior de Primera 55,5

Oficial Superior de Segunda 52,5

Jefe de Despacho 50,5

Oficial Mayor 44

Oficial Principal 40

Oficial 37

Oficial Auxiliar 34

Escribiente Mayor 31

Escribiente 26

Auxiliar 23

Auxiliar Superior 39

Auxiliar Mayor 36

Auxiliar Principal Técnico 33

Auxiliar Técnico 31

Auxiliar de Primera 29

Auxiliar de Segunda 26

Auxiliar Ayudante 24

Ayudante 21,5

Art. 2º.- En consecuencia de lo dispuesto precedentemente, modifícase el Anexo Nº IX del Decreto

Ley Nº 1/76 por el que forma parte del presente decreto ley.

Art. 3º.- Modifícanse las planillas Anexas Nros. III, IV y X del Decreto Ley Nº 1/76 por las que

forman parte del presente decreto ley.

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

PEDRINI - Lovaglio – Iturriaga

Prorrógase por el término de noventa (90) días a partir del 5 de mayo de 1976, el plazo acordado

por el presente Decreto Ley según Ley 5016/1976.



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