DECRETO-LEY N° 6/76
JUDICIALES – MODIFICA ESCALA PORCENTUAL DE REMUNERACIONES PARA MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL.
Publicado en el Boletín N° 9950, el día 23 de Marzo de 1976.
DECRETO LEY N° 6/76
Salta, 25 de febrero de 1976.
El Interventor Federal en la Provincia decreta con fuerza de
L E Y
Artículo 1º.- Con vigencia al 1º de enero del año en curso, modifícase la escala porcentual de
remuneraciones para los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial fijada por Ley
Nº 4.862 de fecha 29/07/74, por la siguiente:
Jerarquías Porcentaje
Presidente y Ministro de Corte 100
Fiscal de Corte 94
Camarista 90
Fiscal de Cámara 85
Juez 82
Ministerio Público 72
Secretario de Corte 82
Secretario de Cámara 65,5
Secretario de Juzgado 62,5
Jefe de Departamento 62,5
Jefe de División 57,5
Oficial Superior de Primera 55,5
Oficial Superior de Segunda 52,5
Jefe de Despacho 50,5
Oficial Mayor 44
Oficial Principal 40
Oficial 37
Oficial Auxiliar 34
Escribiente Mayor 31
Escribiente 26
Auxiliar 23
Auxiliar Superior 39
Auxiliar Mayor 36
Auxiliar Principal Técnico 33
Auxiliar Técnico 31
Auxiliar de Primera 29
Auxiliar de Segunda 26
Auxiliar Ayudante 24
Ayudante 21,5
Art. 2º.- En consecuencia de lo dispuesto precedentemente, modifícase el Anexo Nº IX del Decreto
Ley Nº 1/76 por el que forma parte del presente decreto ley.
Art. 3º.- Modifícanse las planillas Anexas Nros. III, IV y X del Decreto Ley Nº 1/76 por las que
forman parte del presente decreto ley.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PEDRINI - Lovaglio – Iturriaga
Prorrógase por el término de noventa (90) días a partir del 5 de mayo de 1976, el plazo acordado
por el presente Decreto Ley según Ley 5016/1976.