DECRETO-LEY N° 642/57
INMUEBLE - APRUEBA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA MUNICIPALIDAD DE TARTAGAL SOBRE LOTEO DE TERRENO MUNICIPAL.

Publicado en el Boletín N° 5491, el día 20 de Septiembre de 1957.

DECRETO LEY N° 642
SALTA, 16 de setiembre de 1957.
“El Interventor Federal de la Provincia de Salta, En Ejercicio del Poder Legislativo Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1°.— Apruébase la Resolución N° 33“ dictada por la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE TARTAGAL, cuyo texto corriente a fs. 1 y 2 del presente expediente, seguidamente se transcribe:
“-TARTAGAL, Agosto 7 de 1957. — RESOLUCION N° 33.— VISTO; El Decreto-Ley N° 375— dictada por el Gobierno de la intervención Federal de la Provincia del 9 de Enero 'del año en curso, a solicitud de esta Municipalidad y en cuyo articulado se revoca la donación del terreno municipal situado en Tartagal. —Catastro N° 3090—• dispuesta, por la Ley N° 931 del año 1948 a favor del Gobierno de la Nación, con el fin de que la. Salud Pública de la Nación emplazara las construcciones para ampliación, del Hospital existente en esta localidad. — El Decreto N° 1621 dictado por el Gobierno Provisional de la Nación en fecha 14 de Febrero del presente año, mediante el cual ratifica al Decreto-Ley N° 375, y, CONSIDERANDO: Que la revocación ratificada de la donación, restablece el régimen legal anterior o sea -el de la Ley N° 500 de fecha 24 de Junio del año 1938; la Ley N° 708, promulgada el 21 de Diciembre de 1942 y el Decreto N° 1.504 dictada el 15 de Diciembre de 1943, régimen en que las Manzanas 73, 74, 82— y 83 son propiedad de la Municipalidad de Tartagal; Que esta Comuna ni puede ni debe dejar de utilizar este valioso terreno en el “ beneficio da los intereses públicos a ella confiada-, siendo su propósito lotearlo y subastarlo en remate publico tanto .para fomentar el progreso edilicio, ayudar a la solución de la “ crisis muy aguda de viviendas por las que “ atraviesa la ciudad, como también para que lo “producido en la subasta integre los gastos que demandan la construcción de un MERCADO “FRIGORIFICO MUNICIPAL, cuya necesidad “ en la zona es imprescindible; Por todo ello, “ el INTERVENTOR MUNICIPAL — RESUELVE: Art. 1°.— Proceder al loteo del "terreno municipal situado en esta localidad, catastrado " con el número 3090 y ocupado por las Manzanas. 73, 74, 82 y 83. —
Art. 2°.—- Efectuar el “remate de las parcelas correspondientes ten pública subasta y conforme a las siguientes condiciones: a) Pago al contado del 40% del precio subastado por parte del o de los' compradores en el acto mismo de la adjudicación del o de los lotes; b) El saldo del 60% será, dividido en tres cuotas iguales pagaderas a seis, “doce y (diez y ocho -meses de plazo; c) En caso de mora, las cuotas será gravadas con “un- interés 10% que empezará a correr el “ día del vencimiento, reservándose la Municipalidad todos los derechos de cobro por las “Vías legajes que considere convenientes en cada caso; d) Será por cuenta de los compradores: la comisión del rematador, los gastos “ de escrituración y todas las demás erogaciones legales que se originen. —
Art. 3°.—- El total producido por la venta será destinado “ para integrar los fondos con los que esta Municipalidad costeará los gastos que demandan “ la construcción del MERCADO FRIGORIFICO MUNICIPAL. — Art. 4°.— Elévese a conocimiento y aprobación del Gobierno de la Intervención Federal’ de la provincia. — Art. 5°.— Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal, con Intervención de la Contaduría de la Comuna y Archívese. — Firmado: “JUAN JOSE TRAVEÍRSI — Interventor Municipal — JOSE MONBLATT — Secretario General — Hay un sello de la Municipalidad “de la Ciudad de Tartagal”. Art. 2°.—- El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los Ministros en Acuerdo General. Art. 3° — Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUNA
JUAN FRANCISCO MATHO
ADOLFO GAGGTOLO
Dr. BOQUE RAUL BLANCHE
Es Copia: MIGUEL SANTIAGO MACIEL Oficial Mayor de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública



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