DECRETO-LEY N° 65/62
IMPUESTO - CONDONACIÓN - PRORROGA DECRETO-LEY N° 34/62.

Publicado en el Boletín N° 6594, el día 10 de Abril de 1962.

DECRETO-LEY Nº 65-E
SALTA, 4 de Abril de 1962.
Expediente Nº 1075-62.
VISTO este expediente por el que la Cámara de Comercio e Industria de Salta solicita se prorrogue el plazo fijado por decreto-ley nº 34/62, para el acogimiento a los beneficios de condonación de multas, recargos e intereses punitorios a los contribuyentes del fisco provincial, acordados mediante decreto-ley nº 3/61; y
CONSIDERANDO:
QUE dicho pedido se funda en las serias perturbaciones económicas y dificultades financieras por las que atraviesa el comercio y la industria local, a consecuencia del feriado bancario derivado de los acontecimientos que son del dominio público;
POR ELLO,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 10 de abril próximo inclusive, el plazo fijado por decreto ley nº 34/62, para el acogimiento a los beneficios dispuestos por decreto-ley n° 3/61.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ESCOBAR CELLO
Juan José Esteban
ES COPIA:
CELIA IRMA M. de LABRAN
Ofic. 2° - Minist. de Econ. F. y O. Púb. a/c. del Dep.


ESCOBAR CELLO 

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