FISCALIA DE ESTADO - RECTIFICA DECRETO-LEY N° 541/57.
Publicado en el Boletín N° 5587, el día 07 de Febrero de 1958.
Decreto Ley N° 752
Salta, Enero 27 de 1958
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1.- Rectifícase el Decreto Ley N° 541 de fecha 18/VI/57, en sus artículos 2° y 5°, los que quedarán redactados en la siguiente manera:
“Artículo 2.- Amplíanse dentro del Anexo B - Inciso 2/1 - ítem i - Gastos en Personal las partidas que se detallan a continuación y cuyo monto total asciende a la suma de Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Dos con 46/100 Moneda Nacional ($ 48.682.46.- m/n), para atender los sueldos devengados por el Personal Técnico con cargo a las mismas y en la siguiente forma y proporción:
Anexo B – Inciso 2/1 – Ítem
Gastos en Personal - Principal
a) 1 - Parcial 1 $ 39.677.41.-
Anexo – B - Inciso 2/1 -Ítem 1
Gastos en Personal - Principal
c) 2 - Parcial 2 $ 3.256.48.-
Anexo B - Inciso 2/1 - Ítem 1
Gastos en Personal – Principal
e) 2 - Parcial 1 $ 6.348.62.-“
“Artículo 5.- Suprímese la de “Oficial Mayor”, incluida en el Presupuesto correspondiente a Fiscalía de Estado Anexo B - Inciso 2/1 - ítem 1 - Principal a) 1 – Parcial 1 - Personal Administrativo y Técnico, correspondiente al-ejercicio de 1957, quedando subsistente la denominación de “Abogado”
Art. 2.- El presente Decreto Ley será refrendado por todos los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 3.- Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA - Dr. ROQUE BAUL BLANCHE – RAMON J. A. VASQUEZ