INMUEBLE - DEROGA LEY N° 2910 (ORIGINAL N° 1232) Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 11.338/54, RELATIVOS A DONACIÓN DE INMUEBLE A FAVOR DEL CLUB SPORTIVO COMERCIO.
Publicado en el Boletín N° 5616, el día 25 de Marzo de 1958.
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DECRETO—LEY Nº 765 E
SALTA, Febrero 5 de 1958.
Expediente Nº 2047—1957 y agregados.
—VISTO estas actuaciones referentes a la fracción de terrenos ubicados en Villa. Las Rosas, cuya donación fuera dispuesta a favor del Club Sportivo Comercio, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 1632
53 y del Decreto N° 11.338, de fecha 24 de Agosto de 1954 y que se individualiza en la nomenclatura catastral con el número 27.136— parcela 1, Manzana 20B— Sección K, de esta Capital— plano
N° 2328; y
—CONSIDERANDO:
Que tanto la Dirección de la Vivienda como la Dirección de Arquitectura estiman que la fracción de referencia resulta imprescindible para las obras; de ampliación de la Villa mencionada
Que, el Club Sportivo Comercio posee la tenencia del terreno desde el 2 de Febrero de 1955, sin que hasta la fecha se hayan efectuado obras, ya que lo único existente son dos arcos individualizados en el lugar como campo de deportes:
Que tal utilidad pública que significa el destino de esos terrenos para la construcción de viviendas debe primar antes los intereses de una institución particular, no obstante su ponderables finalidades, pues el problema de la gente sin vivienda es verdaderamente alarmante y es urgente adoptar cuantas medidas sean necesarias para conjurarlo;
Que no habiéndose extendido hasta la fecha la escritura traslativa de dominio a favor del Club Sportivo Comercio, la fracción aludida no ha salido del dominio de la Provincia;
Que no obstante haberse efectuado con anterioridad la entrega de los terrenos a la institución, esta ocupación puede estimarse como una simple tenencia, de conformidad a las disposiciones del Art. 2352 del Código Civil;
Por ello, y atento a los informes producidos en estas actuaciones y a lo dictaminado por el señor Asesor Letrado de la Dirección General de Inmuebles y por el señor Fiscal de Estado.
El Interventor Federal en la Provincia de Salta en Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley;
Art. 1º— Derogase la Ley Nº 1632, promulgada el 10 de Setiembre de 1953, y déjese sin efecto el Decreto Nº 11.338, de fecha 24 de Agosto de 1954, relativos a la donación de una fracción de terreno de Villa Las Rosas, de propiedad fiscal, a favor del Club Sportivo Comercio.
Art. 2º— Por la Dirección General de In muebles requiérase al Club Sportivo Comercio la entrega a la Provincia del inmueble expresado, que actualmente se encuentra ocupando, de conformidad a lo dispuesto precedentemente.
Art. 3º— Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4º— El presente Decreto Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 5º— Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
DOMINGO NOGUES ACUÑA
Dr. ROQUE BAUL BLANCHE
ADOLFO GAGGIOLO
RAMON J. A. VASQUEZ
Es Copia: MARIANO COLL ARIAS
Oficial Mayor Ministerio de E. F. y C. Pública