DECRETO-LEY N° 810/58
INMUEBLE - APRUEBA BOLETO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE EN DPTO. CAPITAL, CELEBRADO ENTRE PARTICULARES Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE INMUEBLES.

Publicado en el Boletín N° 5629, el día 15 de Abril de 1958.

DECRETO LEY N° 810 E.

Salta, marzo 27 de 1958.

Expediente N° 5160—1957.

VISTO el Decreto N° 13.444, de fecha 14 de marzo del corriente año, por el que se adjudica a la señora Amalia Sola de Torino y al doctor Julio Antonio Torino, Margarita Torino de Cornejo Solá, María- Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel y Manuel Torino, la compra de las casas contiguas de su propiedad sitas en la calle General Güemes 550 y 562 de esta Ciudad de Salta en la suma total de $ 1.440.000.— m/n con destino a la Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas creado por Decreto—Ley N° 705/57; y la boleta de compraventa suscripta en cumplimiento de las disposiciones del mencionada decreto entre el Director General de Inmuebles ingeniero Delfín J. Paz, y los vendedores, que corre agregada a fs. 48 y 49 de las presentes actuaciones; y
CONSIDERANDO: Que dicha adjudicación ha sido realizada de conformidad con las disposiciones vigentes, correspondiendo en consecuencia aprobar la mencionada boleta de compraventa; Que la operación resulta conveniente a la Provincia toda vez que con la misma se soluciona el problema del local para la Contaduría General y el Tribunal de Cuentas, reparticiones que en adelante podrán funcionar en condiciones de comodidad que aseguren el regular desempeño de sus actividades;
Por ello,
El Interventor Federal Interino en la Provincia de Salta, en Ejercicio del Poder Legislativo Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1°.— Apruébase la boleta de compraventa la, corriente a fs, 43 y 49-de estas actuaciones celebrada con fecha 18 del corriente mes de marzo, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 13.444/58, entre el Director General de Inmuebles, Ingeniero Delfín J. Faz, y la señora Solá, María Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel y Manuel Torino, cuyo texto expresa lo siguiente; ‘Entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representado en este acto por el Director General de Inmuebles de la Provincia Ingeniero Delfín J. Paz, en virtud a lo dispuesto en el Art. 2° del Decreto N’ 13.444 (trece mil cuatro cientos cuarenta y cuatro) dictado por la Intervención Federal en la Provincia de Salta, por conducto del Ministerio de. Economía, Finan zas y Obras Públicas, el 14 de marzo del corriente año, por una parte como COMPRADOR y la señora Amalia Solá de Torino, Doctor Julio Antonio Torino, Margarita Torino de Cornejo Solá, María Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel y Manuel Torino, este último con, poder a favor de su hermano doctor Julio A. Torino como VENDEDORES, celebran el siguiente boleto de Compra—Venta de conformidad a los antecedentes obrantes en el expediente N° 5160/57 perteneciente al Ministerio de Economía. Finanzas y Obras Públicas.
“Art. 1°.— La señora Amalia Solá de Torino y el doctor Julio A. Torino, Margarita Torino de Cornejo Solá, María Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel, y Manuel Torino, este último con poder a favor de su hermano doctor Julio A. Torino, venden a favor del Gobierno de la Provincia de Salta dos casas contiguas, de su propiedad, sitas en la, calle General Güemes Nros 550 y 562 de esta Ciudad de Salta, cuyos datos se detallan a continuación, con destino a la Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas, creado por Decreto—Ley N° 705/57.
“a) AMALIA SOLA DE TORINO propiedad ubicada en la calle General Güemes N° 563 ciudad Capital, Catastro N°, 5019, y Parcela 16, Manzana 69, Sección B, Departamento Capital. Julio Antonio Torino, Margarita Torino de Cornejo Solá, María Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel y Manuel Torino propiedad ubicada en la calle General Güemes N° 550 ciudad Capital, Catastro N° 5036, Parcela 15, Manzana 69, Sección B, Departamento Capital. “Art. 2°.— PRECIO, esta venta se, realiza por la suma total de $ 1.440.000.— (un millón cuatrocientos cuarenta mil pesos moneda nacional) de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 del citado decreto, que serán abonados en el momento de la escrituración debiendo los vendedores otorgar en dicho momento al Gobierno de la Provincia, carta de pago y recibo en forma por dicho precio, transfiriéndole los pertinentes derechos de dominio y posesión que les pertenecen sobre lo vendido, obligándose para con el mismo Gobierno de la Provincia de Salta, con la evicción y saneamiento conforme a derecho.
“Art. 3°.— Los vendedores detallados en el artículo 19 deberán entregar la posesión de la propiedad adquirida dentro de los quince días hábiles a partir de esta fecha en perfectas condiciones de conservación previa inspección que a tal efecto practicará la Dirección de Arquitectura de la Provincia.” “En prueba de conformidad ambas partes firman cuatro ejemplares de un- mismo tenor y a un solo efecto a los diez y ocho días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y ocho.
Fdo: DELFÍN J. PAZ— Director General de Inmuebles — Amalia Solá de Termo, Margarita Torino de Cornejo Solá, María Teresa Torino de Uriburu, María del Pilar Torino de Michel, Julio A. Torino p-poder de Manuel Torino, Julio A. Torino.”
Art. 2°. — Fijase un plazo máximo de cuarenta (40) días a partir de la fecha del presente Decreto—Ley para que se extienda la correspondiente escritura traslativa de dominio.
Art. 3°. — Tome conocimiento Dirección General de Inmuebles y, en su oportunidad, pasa a Escribanía de Gobierno a sus efectos.
Art. 4°. — Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5°. — El presente Decreto—Ley será refrendado por los señores Ministros en ACUERDO GENERAL.
Art. 6°. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
RAMÓN J. A. VASQUEZ
ADOLFO GAGGIOLO
Dr. ROQUE RAUL BLANCHE
EDDY OUTES
Es Copia:
MARIANO COLL ARIAS
Oficial Mayor Ministerio de E. F. y O. Públicas



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