DECRETO-LEY N° 815/58
PENSIONES - OTORGA PENSIÓN A FAVOR DE ANTONIO VELARDE.

Publicado en el Boletín N° 5629, el día 15 de Abril de 1958.

DECRETO — LEY N° 815—A.
Salta, 2 de abril de 1958.
Expediente N° V. 822157.
VISTO, en este expediente la solicitud da pensión graciable presentada por don Antonio Valarde:
Atento a que de las actuaciones producidas por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia se desprende que el peticionante es persona de avanzada edad, carente de bienes y de todo recurso económico y que no cuenta con parientes que por Ley están obligados a prestarle ayuda; y a lo dictaminado por el Señor Asesor Letrado del Ministerio del rubro a fojas 18;
El Interventor Federal en la Provincia de Salta En Ejercicio del Poder Legislativo
DECRETA CON FUERZA DE LEY:
Art. 1°— Concédase, a partir del 1°de abril del corriente año y hasta tanto se le acuerde el beneficio de jubilación que tiene gestionado ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, pensión graciable a favor de don Antonio Velarde por la cantidad de Doscientos, pesos Moneda Nacional ($ 200. —) mensuales, con más la sobreasignación de $ 50. — m/n. por carestía de vida, prevista en el Decreto 51.
Art. 2°— Las sumas percibidas por este concepto, deberán ser reembolsadas a la Jubilaciones y Pensiones de la Provincia por el señor Antonio Velarde, una vez acordado, el beneficio de su jubilación, las que se descontarán oportunamente del monto de dicho beneficio.
Art. 3°— El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto ley, será atendida con fondos de Rentas Generales.
Art. 4°— El presente Decreto—Ley será refrendado por los Señores Ministros en ACUER DO GENERAL.
Art. 5°— Elévese a conocimiento del del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6°— Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUNA
Dr. ROQUE RAUL BLANCHE
RAMON J. A. VASQUEZ
ADOLFO GAGGIOLO
COPIA: ROBERTO ELIAS



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