INMUEBLE – DONACIÓN DE INMUEBLES EN DPTO. GENERAL GÜEMES A FAVOR DEL ARZOBISPADO DE SALTA, CON DESTINO A CONSTRUCCIÓN DE CAPILLA E INSTITUTO DE ENSEÑANZA PÚBLICA.
Publicado en el Boletín N° 5634, el día 22 de Abril de 1958.
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DECRETO LEY N° 817-E
SALTA, Abril 11 de 1958.
Expte. N° 2326-1957.
VISTO este expediente en el que el Arzobispado de Salta gestiona se disponga la transferencia a su favor de parcelas de la localidad de General Güemes, de propiedad del Pisco Provincial, que fueran adquiridas al Ingenio San Isidro S. A., en virtud de la Ley Nº 1810
65; y -CONSIDERANDO:
Que los terrenos que se solicitan serán destinados a la construcción de una capilla y posteriormente de un instituto de enseñanza Pública que han de beneficiar a la población del barrio ferroviario de esa localidad:
Que en atención a los fines perseguidos y teniendo en cuenta que se ha dado término a las tareas de parcela miento por la repartición técnica pertinente, corresponde resolver favorable mente estas actuaciones:
Por ello, y atento a lo informado por la Dirección General de Inmuebles y a lo dictaminado por el señor Fiscal de Estado.
El Interventor Federal Interino en la Provincia de Salta, en Ejercicio del Poder Legislativo Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Transfiérase con carácter gratuito a favor del ARZOBISPADO DE SALTA, las parcelas fiscales que se detallan a continuación ubicadas en la manzana 1- Sección B de la localidad de General Güemes, que fueran reservadas oportunamente para tales fines, con destino a la construcción de los edificios para una capilla y un instituto de enseñanza públicas:
Sec. Manz. Parcela Catast. Superf.
B 1 3 1848 531,24
B 1 4 1849 531,24
B 1 5 1850 569,25
B 1 6 1851 462,50
B 1 7 1852 462,50
B 1 8 1853 462,50
B 1 9 1233 619,89
B 1 10 1854 577,08
B 1 11 1855 580,20
Art. 2° Dejase establecido que la disposición del artículo anterior queda condicionada a la construcción de las obras de referencia dentro de un término máximo de tres (3) años a contar de la fecha del presente Decreto.
Art. 3° Tome conocimiento la Dirección General de Inmuebles y pasen las presentes actuaciones a Escribanía de Gobierno a sus efectos.
Art. 4° Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ADOLFO GAGGIOLO
ABEL CORNEJO (1)
EDDY OUTES
Es Copla: SANTIAGO F. ALONSO HERRERO Jefe de Despacho del Ministerio de Economía, F. y. 0. Públicas.