ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL - INCORPORA AL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA AL PATRONATO DE LA INFANCIA.
Publicado en el Boletín N° 5644, el día 07 de Mayo de 1958.
DECRETO—LEY Nº 842—G.
SALTA, Abril 29 de 1958.
Exptes. Nos. 5642—G/58, 15.898/53 y agr. 24.832/57.
VISTAS estas actuaciones de las que se desprende que el Patronato de la Infancia, institución que fue intervenida por el Gobierno de la Provincia, según decreto N° 10.157, de fecha 22 da junio de 1948, y colocado bajo la dependencia del Patronato Provincial de Menores, no se le ha retirado su Personería Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que al ser colocado bajo la subordinación de un organismo estatal del que pasó a depender administrativa y financieramente, el Patronato de la Infancia perdió su Personería Jurídica que quedó absorbida por el Estado mismo; sin perjuicio de que lo anormal de su situación, fehacientemente comprobada, que fundamentó su intervención ya la colocó en esa situación de caducidad conforme a lo establecido en los artículos 33 y 48 del Código Civil;
Que, por otra parte, se hace necesario regularizar la situación observada a fin de que puedan cumplirse con mayor eficacia las finalidades de acción social a que está llamado dicho organismo, con asistencia del Estado;
Por ello, y atento a lo dictaminado por el señor Asesor Letrado del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública a fojas 6/9, del expediente agregado N° 24.832/57,
83041951— al aprobar el referido plano de lo-
El Interventor Federal en la Provincia de Salta en Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º— Incorpórase con la totalidad de Sus bienes sociales, al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, bajo la dependencia de la Dirección de Patronato y Asistencia Social de Menores, al Patronato de la Infancia, cuya personería jurídica se declare cancelada.
Art. 2º — El presente Decreto Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 3º — Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4º— Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA
SIMEON LIZARRAGA
ADOLFO GAGGIOLO
ROQUE RAUL BLANCH
Es Copia: MIGUEL SANTIAGO MACIEL Oficial Mayor de Gobierno, J. é I. Pública.