CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES - APRUEBA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES MEDIANTE LA CUAL SE OTORGA UN PRÉSTAMO A LA CÍA. INDUSTRIAL CERVECERA S.A.
Publicado en el Boletín N° 6608, el día 03 de Mayo de 1962.
DECRETO-LEY N° 88-A
Salta, Abril 23 de 1962
Expte. Nº 2481-C-62.
Visto el pedido interpuesto por la Compañía Industrial Cervecera, Sociedad Anónima Industrial, Comercial, Financiera e Inmobiliaria, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia un préstamo de $ 4.000.000.- m/n, y
Considerando:
Que se ofrece como garantía de préstamo una hipoteca en primer término sobre el inmueble de propiedad del señor Antonio Cucchiaro, sito en calle Alberdi Nº 20 de esta ciudad, y con el aval solidario de todos los miembros del Directorio de la Compañía, y con un interés del 11 % anual a un plazo de 90 días;
Que con el importe solicitado se destinaría a suplir la paralización que en los actuales momentos afecta a todas las operaciones financieras de las entidades bancarias, situación que impide a la Compañía la efectivización de letras que le permitan contar con los 'fondos necesarios, para ultimar los, aspectos técnicos y de comercialización, del producto;
Que las circunstancias expuestas, debidamente comprobadas, se agregan a las razones que fundamentaron el préstamo acordado anteriormente mediante Decreto-Ley N°º 26 del 14 de febrero del corriente año, por $ 6.000.000.- m/n. al 11 % de interés anual, con el aval del Banco Provincial de Salta y el aval solidario de todos los miembros del Directorio de la Compañía;
Que la nueva operación se encuentra igualmente prevista por el artículo 13 inciso 5) del Decreto-Ley Nº 77/56, con aprobación legislativa;
Por ello, atento a la Resolución Nº 272-J emanada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º.- Apruébase la Resolución N° 272-J de fecha 18 de abril de 1962, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, mediante la cual dicha Institución acuerda a la Compañía Industrial Cervecera, Sociedad Anónima, Industrial, Comercial, Financiera e Inmobiliaria, un préstamo de $ 4.000.000 m/n (Cuatro Millones, de Pesos Moneda Nacional), al 11 % (once por ciento) de interés anual, y a un plazo de noventa días y con garantía hipotecaria en primer término sobre el inmueble de propiedad del señor Antonio Cucchiaro, sito en calle Alberdi Nº 20 de esta ciudad, y con el aval solidario de todos los miembros del Directorio de la Compañía.
Art. 2º.- El presente Decreto-Ley será refrendado por S.S. el Señor Ministro de Economía, Finanzas y Obras Públicas.
Art. 3º.- Sométase el presente Decreto-Ley a la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional, a cuyo efecto se dirigirá la nota de estilo a S.E. el Señor Ministro del Interior.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
ESCOBAR CELLO
Juan Carlos Gentile Pace
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública