DECRETO-LEY N° 91/62
TRANSPORTE - DEROGA VARIAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA CAPITAL, REFERENTE A LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS.

Publicado en el Boletín N° 6608, el día 03 de Mayo de 1962.

DECRETO LEY N° 91-G
Salta, Abril 23 de 1962
Expediente Nº 5943/62.
VISTA la presentación efectuada por la Municipalidad de la Capital, en nota nº 295 del 29 de marzo ppdo., mediante la cual solicita la derogación de las Ordenanzas Municipales nºs. 42 del 4/11/58, 57 del 4/1/59 y 211 del 21/11/51 referentes a las exigencias establecidas para las Empresas que hacen en ese Municipio el servicio de transporte urbano de pasajeros; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de la Capital ha convenido con las Empresas de referencia en la derogación de las citadas Ordenanza que fijan las tasas retributivas a la Municipalidad, del valor establecido para cada boleto;
Que las medidas dispuestas por esas Ordenanzas han originado inconvenientes traducidos en una anormal situación para ambas partes, por lo que se hace necesario proceder a la derogación de las mismas;
Por ello; ejercitando el Gobierno de la Intervención Federal de la Provincia, sus facultades de Concejo Deliberante; y atendiendo a lo dictaminado por el señor Fiscal de Gobierno a fs. 9,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º.- Deróganse a partir del día 1° de enero de 1962, las ORDENANZAS MUNICIPALES nos. 42/58, 57/59 y 211/61 en mérito a lo expresado precedentemente.
Art. 2º.- Sométase el presente decreto-ley a la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional, a cuyo efecto se dirigirá la nota de estilo a S.E. el señor Ministro del Interior.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ESCOBAR CELLO
Gustavo E. Wierna
Es copia:
M. Mirtha Aranda de Urzagasti
Jefe Sección
Ministerio de Gobierno, J. e I. Pública


ESCOBAR CELLO - Gustavo E. Wierna

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