DECRETO LEY N° 96-E
SALTA, 23 de abril de 1962.
VISTO el decreto-ley nº 79 por el que se establecen nuevas remuneraciones al cargo de Tesorero del Consejo General de Educación y la necesidad de que cuente el citado organismo con la partida necesaria para hacer frente a los gastos que demandará la habilitación de las escuelas previstas en el plan de edificación escolar;
Por ello;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º.- Amplíanse las siguientes partidas del Anexo J - Inciso VII - Consejo General de Educación - Ítem 1- Gastos en Personal, en las sumas-que a continuación se detallan:
Partida a) 1 - 1 ……………$ 16.000.-
Partida c) 2 - 2 ……….. $ 1.334.-
Partida e) 2 - 1 ………… $ 2.601.-
Art. 2º.- Créase en el Ítem 2 - OTROS GASTOS del Presupuesto del Consejo General de Educación - Anexo J - Inciso VII - la partida a) 1 – 20 - Gastos de Cortesía y Homenaje con un crédito anual de $ 100.000.- m/n.- (CIEN MIL PESOS MONEDA NACIONAL).
Art. 3º.- Sométase el presente decreto-ley a la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional, a cuyo efecto se dirigirá la nota de estilo a S.E. el señor Ministro del Interior.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ESCOBAR CELLO
Gustavo E. Wierna
ES COPIA:
CELIA IRMA M. DE LARRAN
Ofic. 2º - Minist. de Econ. F. y O. Púb. a/c del Dep.