IMPUESTOS - PRORROGA PLAZO ACORDADO POR EL DECRETO-LEY N° 30/55.
Publicado en el Boletín N° 5100, el día 08 de Febrero de 1956.
DECRETO LEY Nº 103—E
Salta, Enero 31 de 1956.
Expediente Nº 1063/56
VISTO el Decreto-Ley Nº 30 de fecha 3 de Noviembre de 1955, por el cual se dispone la exoneración de los recargos y multas aplicadas a los contribuyentes deudores de la comuna de la Capital de la Provincia, y se condonan íntegramente las multas y recargos que se adeudaren en concepto de tasas de alumbrados y limpieza tanto de negocios como de propiedades que se encontraren impagas a la fecha del citado Decreto-Ley, fijándose un plazo de sesenta (60) días para que los contribuyentes afectados abonen los valores que adeudaren y atento a lo solicitado por la Intervención, de la Municipalidad de la Capital.
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Ejercicio Del Poder Legislativo
Decreta Con fuerza de Ley
Art. 1º Prorrógase hasta el día 29 de Febrero próximo el plazo acordado por el Decreto Ley Nº 30 de fecha 22 de Noviembre de 1955.
Art. 2º El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 3º Sométase oportunamente para su aprobación al Poder Ejecutivo de la Nación y a las HH.CC. Legislativas de la Provincia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.