DECRETO-LEY N° 105-A
Salta, Mayo 10 de 1962.
Expte. Nº 2369-P-61 (Nº 1350/53, 2625/61 y 5542/61 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia).
Visto la solicitud de pensión graciable, presentada por la señora Dolores Tránsito Sosa de Peludero, teniendo en cuenta que la recurrente a cumplido con los requisitos establecidos por Ley 3255;
Por ello y atento al dictamen del Asesor Letrado del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública a fojas 8,
El Comisionado Federal Interino
Decreta con Fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Acuérdase a doña Dolores Tránsito Sosa de Peludero - L. C. N° 9.480.973, el beneficio de una pensión graciable y por el término de 5 (cinco) años.
Art. 2º.- EL gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto-Ley será atendido por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia con la partida que a tal efecto tiene asignada por la Ley de Presupuesto General.
Art. 3º.- Sométase el presente Decreto-Ley a la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional, a cuyo efecto se dirigirá la nota de estilo a S. E. el señor Ministro del Interior
Art. 4º.- Comuniqúese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
F. G. TORANZO MONTERO
AMERICO P. A. CAMPORA
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública