DECRETO-LEY N° 122/56
PRESUPUESTO - AMPLIACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

Publicado en el Boletín N° 5129, el día 23 de Marzo de 1956.

DECRETO LEY N° 122-E

Orden de Pago Nº 1233 para Contabilidad,

Ministerio de Economía
Expediente N° 1449-M-1955

Salta, febrero 29 de 1956

Visto lo solicitado por el Ministerio de Hacienda de la Nación en fecha 27 de mayo de 1955; y,
CONSIDERANDO:

Que es necesario regularizar la contabilización de los servicios financieros correspondientes a los años 1954 y 1955, a cargo de la Provincia, por deuda contraída con el Gobierno Nacional, emergente de la financiación del plan de obras públicas y cancelación de la deuda flotante;

Por ello y atento a lo informado por Contaduría General,

El Interventor Federal Interino de la Provincia,

En Ejercicio del Poder Ejecutivo
Decreta con Fuerza de Ley:

Art. 1° Dispónese la ampliación del crédito del Anexo G— Inciso Único— Principal 2, Parcial 3 de la Ley de Presupuesto - Ejercicio 1955, en la suma de $ 2.829.535.56, para atender el servicio de amortización acumulativo e intereses de los fondos recibidos del Superior Gobierno de la Nación, al 31-12-54, que asciende a $ 140.000.000.00 m/n.

Art. 2° Dispónese la ampliación del Anexo G - Inciso Único - Principal 4 en la suma de $ 250.566.67 m/n para atender el pago de intereses al 4 % anual fraccionario de tiempo en el lapso, comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 1954, sobre $ 34.000.000.00 m/n recibidos en el Ejercicio 1954.

Art. 3° Por Tesorería General, liquídese a favor de Contaduría General, la suma de $ 7.084.428.31 m/n para su contabilización con imputación a las siguientes partidas:

$ 6.383. 861.64 . Anexo-G - Inciso Único - Principal 4 de la Ley de Presupuesto vigente para el Ejercicio 1955.
$ 700.566.67 al Anexo G - Inciso Único - Principal 4 de la Ley Presupuesto vigente para el Ejercicio 1955.

Art. 4° Elévese a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional y en su oportunidad a las HH.CC. Legislativas de la Provincia; -

Art. 5° El presente decreto ley será refrendado por los señores Ministros, en Acuerdo General.

Art. 6°Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

ADOLFO ARAOZ –

Jaime López Figueroa

Salomón Mulki

Julio A. Cintioni

Es copia
Santiago Félix Alonso Herrero

Jefe de Despacho del M. de E. F. y O. Públicas.




Responsive image Responsive image