DECRETO-LEY N° 137/56
PRESUPUESTO - AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA.

Publicado en el Boletín N° 5133, el día 02 de Abril de 1956.

DECRETO-LEY Nº 137-G.

SALTA Marzo 15 de 1956.

VISTO lo solicitado por Contaduría General de la Provincia; y atento a las disposiciones de la Ley de Contabilidad Nº 941/48, en su artículo 8º

El Interventor Federal Interino de la Provincia

En Ejercicio del Poder Ejecutivo
Decreta Con Fuerza de Ley

Art. 1º.- Amplíase el Presupuesto de Gastos en Personal de la BIBLIOTECA PROVINCIAL, que fuera aprobado por Decreto-Ley Nº 126 de fecha 2 del mes en curso, en la suma de CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS M/N. ($ 51.710.- m/n.), distribuyendo dicho importe entre las partidas que se detallan:

Anexo D — Inc. 9— Item 1— P

Princ. a) 1— Parcial 1, $30.000

Anexo D — Inc. 9— Item 1— P

Princ. a) 4— Parcial 1, $9.000

Anexo D— Inc. 9— Item 1— P.

Princ. c) 2— parcial 1. 960

Anéxo D— Inc. 9 — Item 1— P.

Princ. c) 2— Parcial 2, 3.330

Anexo D — Inc. 9— Item 1— P

Princ. c) 2— Parcial 3, 1.840

Anexo D — Inc. 9— Item 1— P

Princ. e) 2— parcial 1 6.435

Anexo D — Inc. 9— Item 1— P

Princ. e) 2— parcial 1 85

$ 51.710

Art. 2º.- Déjase establecido que el importe mencionado en el artículo anterior se transferirá del CRÉDITO ADICIONAL, que fija el Presupuesto en vigencia, cuya imputación es Anexo I— Inciso 1— Item 2— Principal a) 2— Parcial.

Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por todos los Ministros, en Acuerdo General.

Art.4º.- Elévese a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional y oportunamente a las HH. CC. Legislativas de la Provincia.

Art. 5º Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Coronel (S. R.) JULIO R. LOBO

Arturo Oñativia
Adolfo Araoz

Julio A. Cintioni

ES COPIA
RENE FERNANDO SOTO

Jefe de Despacho de Gobierno J. e I Pública




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