Publicado en el Boletín N° 5133, el día 02 de Abril de 1956.
DECRETO-LEY Nº 137-G.
SALTA Marzo 15 de 1956.
VISTO lo solicitado por Contaduría General de la Provincia; y atento a las disposiciones de la Ley de Contabilidad Nº 941/48, en su artículo 8º
El Interventor Federal Interino de la Provincia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo
Decreta Con Fuerza de Ley
Art. 1º.- Amplíase el Presupuesto de Gastos en Personal de la BIBLIOTECA PROVINCIAL, que fuera aprobado por Decreto-Ley Nº 126 de fecha 2 del mes en curso, en la suma de CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS M/N. ($ 51.710.- m/n.), distribuyendo dicho importe entre las partidas que se detallan:
Anexo D — Inc. 9— Item 1— P
Princ. a) 1— Parcial 1, $30.000
Anexo D — Inc. 9— Item 1— P
Princ. a) 4— Parcial 1, $9.000
Anexo D— Inc. 9— Item 1— P.
Princ. c) 2— parcial 1. 960
Anéxo D— Inc. 9 — Item 1— P.
Princ. c) 2— Parcial 2, 3.330
Anexo D — Inc. 9— Item 1— P
Princ. c) 2— Parcial 3, 1.840
Anexo D — Inc. 9— Item 1— P
Princ. e) 2— parcial 1 6.435
Anexo D — Inc. 9— Item 1— P
Princ. e) 2— parcial 1 85
$ 51.710
Art. 2º.- Déjase establecido que el importe mencionado en el artículo anterior se transferirá del CRÉDITO ADICIONAL, que fija el Presupuesto en vigencia, cuya imputación es Anexo I— Inciso 1— Item 2— Principal a) 2— Parcial.
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por todos los Ministros, en Acuerdo General.
Art.4º.- Elévese a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional y oportunamente a las HH. CC. Legislativas de la Provincia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.