Publicado en el Boletín N° 6657, el día 17 de Julio de 1962.
DECRETO-LEY N° 160-E
Salta, Julio 7 de 1962.
Expte. Nº 3490-61.
Visto estas actuaciones relacionadas con el pedido formulado por el Establecimiento Azufrero Salta - Dirección General de Fabricaciones Militares, referente a la fecha de aprobación del convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Dirección General de Fabricaciones Militares, atento a lo dictaminado por el señor Fiscal de Gobierno y la excusación formulada por el Ministro de Economía, Finanzas y Obras Públicas, a fs. 8 vta.
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1º de la Ley 3632 en el sentido de que la fecha de aprobación del convenio será del día en que la misma fue sancionada, o sea el 21 de julio de 1961.
Art. 2°.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros de Estado en las Carteras de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública y de Asuntos Sociales y Salud Pública.
Art. 3°.- Elévese al Poder Ejecutivo Nacional para su conocimiento y demás efectos.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
JULIO ANTONIO CASTELLANOS
Marcelo Antonio María Rosasco
Julián Echevarría
ES COPIA:
SANTIAGO FÉLIX ALONSO HERRERO
Jefe de Despacho del Ministerio de Econ. F. y O. P.