PENSIONES - OTORGA PENSIÓN A FAVOR DE MARTINA TRAVERSO DE GIL.
Publicado en el Boletín N° 6675, el día 10 de Agosto de 1962.
DECRETO-LEY N° 164-A
Salta, Agosto 1º de 1962.
Expediente Nº 19.241/62.
VISTO la solicitud de concesión de pensión graciable formulada por la Sra. MARTINA TRAVERSO DE GIL, por tratarse de una persona carente de recursos y de edad avanzada, conforme la certificación que adjunta al efecto; y
Considerando:
Que la recurrente ha reunido las constancias exigidas por el art. 4º de la Ley Nº 3255 para el otorgamiento del beneficio solicitado;
Por ello, y atento a lo dictaminado por el Asesor Letrado del Ministerio del rubro;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1°.- Acuérdese a Doña Martina Traverso de Gil L. C. Nº 9.460.998, el beneficio de una pensión graciable de $ 500.- m/n. (Quinientos Pesos Moneda Nacional) mensuales, por el término de cinco (5) años.
Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto ley será atendido por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia con la partida que a tal efecto tiene asignada en la Ley de Presupuesto General.
Art. 3°.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en las Carteras de Asuntos Sociales y Salud Pública, de Economía, Finanzas y Obras Públicas y de Gobierno, Justicia e Instrucción Públicas, respectivamente.
Art. 4º.- Dese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y Archivese.
JULIO ANTONIO CASTELLANOS
Julián Echevarría
MARCELO HUGO GILLY
Marcelo Antonio María Rosasco
Es copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública