DECRETO-LEY Nº 166-A
Salta, Agosto 2 de 1962
Expediente Nº 39.087/62
Siendo propósito mantener los cargos aprobados en el Decreto Ley de Presupuesto Nº 45/62, como así también las categorías que revistaba determinado personal de los Incisos 1, 3, 4 y 9 del Anexo E- Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública en las que fueran confirmados en su oportunidad;
Por todo ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Ley Nº 146 de fecha 5 de junio del año en curso, relacionado con la modificación del Presupuesto del rubro “Gastos en Personal” de los Incisos 1, 3, 4 y 9 del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, por los motivos expresados precedentemente.
Art. 2º.- El presente decreto ley será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en las Carteras de Asuntos Sociales y Salud Pública, de Economía, Finanzas y Obras Públicas y de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública, respectivamente.
Art. 3º.- Dese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
JULIO A. CASTELLANOS
Julián Echevarría
MARCELO HUGO GILLY
Marcelo Antonio María Rosasco
Es copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública