CONTRATACIONES - AUTORIZA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS A REALIZAR CONCURSOS DE PRECIOS, PARA PROVISIÓN DE UN EQUIPO DE RAYOS X.
Publicado en el Boletín N° 5154, el día 02 de Mayo de 1956.
DECRETO-LEY Nº 178-S
SALTA, 20 de abril de 1956.
Expediente Nº 21.508.56.
Visto este expediente, en el que corren las actuaciones referentes a la adjudicación de un equipo de Rayos X de 100 M. A. con destino a la Dirección de los Hospitales de la Capital; y CONSIDERANDO:
Que en el servicio de Rayos X de Dirección de los Hospitales de la Capital, existen dos aparatos Sineval 50 rodantes, que no reúnen las características necesarias para el fin destinados; por lo que se propone la entrega de los mismos a la firma adjudicaria del concurso de precios a realizarse mediante un acuerdo con la adquisición de referencia;
Que la Dirección General de Compras y Suministros de la Provincia, procederá de conformidad al monto a que ascienda la adquisición mencionada, disponiendo la venta de los aparatos existentes de Rayos X "Sineval” de 50 M. A. en caso de no llegar a un acuerdo;
Que en consecuencia, y no obstante lo dispuesto por la Ley de Contabilidad en el art. 49 y el Decreto Reglamentario de Compras del Estado, nº 8583/54 en su Capítulo III— Art. 10º, se estima procedente, como una excepción, teniendo en cuenta la urgente necesidad de proveerse del equipo de Rayos X de 100 M. A., disponer su adquisición mediante concurso de precios;
Por ello, y atento lo manifestado por Contaduría General de la Provincia, con fecha 11 de abril en curso,
El Interventor Federal Interino de la Provincia
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con fuerza de Ley:
Art.1º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS DE LA PROVINCIA, a realizar concurso de precios, para la provisión de un equipo Rayos X de 100 M. A., con destino al servicio de Rayos X de la Dirección de los Hospitales de la Capital.
Art. 2º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS DE LA PROVINCIA, para convenir con la firma presentante en la adquisición del equipo de referencia, hacer entrega en pago de mínimo de dos aparatos de Rayos X “Sineval” de 50 M. A., de propiedad de la Dirección de Hospitales de la Capital, en caso de llegarse a un acuerdo; de lo contrario la venta de los mismos, deberá ingresar con crédito al rubro “CÁLCULO DE RECURSOS”- Año 1956- RENTAS GENERALES- Ordinarias 19- Recursos Varios “Producido venta dos equipos de Rayos “Sineval” de 50 M. A.’.—
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto-Ley, deberá ser imputado al Anexo E— Inciso 1— OTROS GASTOS Principal b) 1— Parcial 7 de la Ley de Presupuesto en vigencia.
Art. 4º.- El presente decreto-Ley será refrendado por los Ministros en Acuerdo General.
Art. 5º.- Elévese el presente Decreto-Ley a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional y en su oportunidad a las HH. CC. Legislativas de la Provincia.
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
ARTURO OÑATIVIA
Julio A. Cintioni
Es copia:
Andrés Mendieta
Jefe de Despacho de Salud P. y A. Social.