PENSIONES - PRORROGA POR 5 AÑOS PENSIÓN GRACIABLE A FAVOR DE FELISA LÓPEZ DE DIEZ.
Publicado en el Boletín N° 6727, el día 31 de Octubre de 1962.
DECRETO-LEY N° 185-A
SALTA, Octubre 22 de 1962.
Expte. Nº D. 581-57.
VISTO la prórroga de pensión graciable solicitada por la Sra. Felisa López de Diez, concedida originariamente por Ley Nº 1503 de fecha 23 de septiembre de 1952, prorrogada por Decreto-Ley Nº 673/57 y posteriormente aumentada a $ 500.- mediante Ley Nº 3607/60; y
CONSIDERANDO:
Que aún subsisten las causas que motivaron el otorgamiento de dicho beneficio;
Por ello, atento a los antecedentes que corren agregados al presente expediente, a lo dictaminado por el Asesor Letrado del Ministerio del rubro y a lo manifestado por la Sub Secretaría de Asuntos Sociales,
El Interventor Federal
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1°.- Prorrógase a partir del día 24 de setiembre de 1962, por el término de 5 (cinco) años, la pensión graciable otorgada a doña Felisa López de Diez, mediante Ley N° 1503 de fecha 23 de septiembre de 1952, prorrogada por Decreto Ley N° 673/57, con un haber mensual de $ 500.- m/n. (Quinientos Pesos Moneda Nacional).
Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto-Ley será atendido por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, con la partida que a tal efecto tiene asignada por la Ley de Presupuesto General.
Art. 3°.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en las Carteras de: Asuntos Sociales y Salud Pública, Economía, Finanzas y Obras Públicas y Gobierno, Justicia e instrucción Pública.
Art. 4°.- Dese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
JULIO ANTONIO CASTELLANOS
JULIAN ECHEVARRIA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
MARCELO ANTONIO MARIA ROSASCO
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública