DECRETO-LEY N° 192-E
SALTA, Octubre 30 de 1962.
Exptes. Nos. 3495/62, 3343/62, 2026/62 y 2860/62.
VISTO las insuficiencias de los créditos parciales presupuestarios del presente Ejercicio 1961/1962, puestos a disposición de la Escuela Nocturna de Estudios Comerciales "Hipólito Irigoyen", Dirección General de Inmuebles, Dirección del Registro Civil, que imposibilitan satisfacer compromisos ineludible para la marcha normal de esas Reparticiones de la Administración Central; y
CONSIDERANDO:
Que para ello se hace necesario proceder a una reestructuración de créditos del presupuesto vigente mediante el procedimiento de rebajas de saldos de partidas no utilizables para reforzar aquellos de otros anexos e incisos que por su impostergable imputación de erogaciones, reconocimientos y gastos, no pueden ser diferidos o postergados a futuros presupuestos;
Que este temperamento se encuentra plenamente justificado y en un todo de acuerdo a las disposiciones del decreto nacional Nº 9381/62, modificatorio del Nº 7077/62, puesto que reestructuraciones de este tipo no significan incremento presupuestario sino ajuste de créditos existentes a las reales exigencias de los diversos servicios de la Administración Pública Provincial, sin crear conceptos nuevos;
Que esas insuficiencias tienen asidero concreto en situaciones imprevisibles y de fuerza mayor, como lo son las siguientes circunstancias de hecho que se desprenden de las actuaciones que origina el presente Decreto-Ley;
La Escuela Nocturna de Estudios Comerciales "Hipólito Irigoyen", tiene que hacer frente al pago de haberes a su personal de profesores que con motivo del incremento del índice docente dispuesto por el Decreto Nº 2661 del 18/5/62, que cumplimenta los disposiciones e la Ley 3707/61 y que ha motivado paralelamente un aumento de las asignaciones cuyo crédito no fue previsto en oportunidad de la prórroga del presupuesto dispuesta por Decreto-Ley 31/62.
A la Dirección General de Inmuebles en fecha 11/10/61 fue modificado su presupuesto de gastos en personal mediante Ley Nº 3768/61, la que tenía vigencia a partir del 1º de agosto de 1961, el que al prorrogarse para el presente ejercicio resultaron insuficientes sus créditos para la atención de tales incrementos. En cuanto al rubro "Otros Gastos" esta misma repartición se encuentra también con una insuficiencia de créditos de sus partidas para hacer frente a las obligaciones de alquileres de inmuebles, seguros accidentes de trabajo y responsabilidad civil por pólizas con el Instituto Provincial de Seguros, impresión de libros y formularios necesarios para su normal desarrollo administrativo y para la adquisición de máquinas de oficina, en razón de que las existentes no alcanzan a cubrir las reales necesidades.
La Dirección General del Registro Civil tiene la necesidad de la impresión de 120 libros demográficos para las diferentes secciones de esa Dirección y de Campaña, los que a pesar de la urgencia de su disponibilidad, se ve privada de ellos por la insuficiencia del parcial 39 "Útiles, libros, impresiones y encuadernaciones", por haberlo agotado por los trabajos de encuadernación de libros deteriorados, impresión de formularios, ect.;
Por ello, dejándose constancia de que esta medida como se dice más arriba no significan incremento presupuestario sino una mejor distribución de ajustes de créditos existentes a las reales necesidades,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º.- Reestructúranse los créditos presupuestarios del Ítem 2 - Otros Gastos - del presente ejercicio 1961/1962, correspondiente al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública en su Inciso XXII-, reduciéndose sus asignaciones anuales, en la medida y proporción que se indica a continuación;
ANEXO “E”:
Inciso XXII - Departamento de Acción Social - O. D. F. 550:
Part, Princ. c) 1 - Subsid, y Subvenc, Parcial 1 - Acción Social 500.000, - Part. Princ. C) 1 – Subsid. y Subvenc. Parcial 3 - Fomento $ 574.563.-
Art. 2º.- Reestructúranse los créditos presupuestarios del Ítem 1 - Gastos en Personal e Item II - Otros Gastos del presente ejercicio 1961/1962 de las siguientes reparticiones de la Administración Central, reforzándose sus asignaciones anuales, en la medida y proporción que se indica a continuación:
ANEXO “D”:
Inciso VII - Escuela Nocturna de Estudios Comerciales '‘Hipólito Irigoyen" - O. D. F. 127:
Part. Princ. a) 8 – Personal Docente - 2 Partidas Globales……………………….. $ 125.000.-
ANEXO “C”
Inciso IV - Dirección General de Inmuebles - O. D. F. 77 - Ítem l Gastos en Personal
Part. Princ. a) 1 - Sueldos Parcial 1 - Pers. Adm. y Téc…………………………….$ 360.000.-
Part) princ. a) 1 Sueldos
Parcial 4 - Pers. de Servicio…………………………………………………………….$ 45.000.-
Part. Princ. c) 2- Bonificaciones - Parcial 2 - Sueldo Anual Complementario…….. $ 33.750.-
Part. Princ.- e) 2 - Aporte Patronal - Parcial 1 –
Caja de Jubilaciones y Pensiones………………………………………………………$ 65.813.-
ITEM II - OTROS GASTOS:
Part. Princ. a) 1 - Gastos Generales -Parcial 2 – Alquil. de inmueb………………$ 55.000.-
Part. Princ. a) 1 – Gtos. Generales - Parcial 35 - Seg. Acc. de T. y R. C…………$ 50.000.-
Part. Princ. a) 1 - Gastos Generales –
Parcial 39 - Útiles - Libros, Impresiones y Encuad…………………………………..$ 50.000.-
Part. Princ. b) 1 - Adquisiciones y Reserv. Parc 10
Máquinas de Oficina……………………………………………………………………$ 140.000.-
ANEXO “D”:
Inciso IV - Dirección General del Registro Civil - O. D. F. ITEM II - OTROS GASTOS
Part. Princ. a) 1 - Gastos Generales - Parcial 39 –
Útiles, Libros e Impresiones………………………………………………………...... $ 150.000.-
Art. 3º.- Los refuerzos contemplados en el artículo 2° serán tomados de las rebajas dispuestas por el artículo 1º del presente decreto ley.
Art. 4º.- Dispónese que las Ordenes de Disposición de Fondos correspondientes serán disminuidas y acrecentadas, en la medida de los importes determinados en los artículos 1º y 2º, respectivamente, según sea en cada caso, a cuyo efecto Contaduría General en la Provincia procederá a las contabilizaciones de práctica.
Art. 5º.- Dese conocimiento al Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
MARIO MOROSINI
Es Copia:
M. Mirtha Aranda de Urzagasti
Jefe Sección Minist. de Gob. J. e I. Pública