DEROGACIÓN - SE DEROGAN LEYES NROS. 2.332 ORIGINAL 1.054, 2.377 ORIGINAL 1.099, 2.722 ORIGINAL 1.444, 2.736 ORIGINAL 1458, 2.742 ORIGINAL 1.464, 2.764 ORIGINAL 1.486 Y 2.778 ORIGINAL 1.500, QUE DESIGNAN CON NOMBRES DE PERSONAS Y EPISODIOS DE RECIENTE DATA, LOS NOMBRES DE CALLES, PLAZAS, PUEBLOS, ETC., RESTITUYÉNDOSE SUS NOMBRES ANTERIORES
Publicado en el Boletín N° 5047, el día 23 de Noviembre de 1955.
DECRETO - LEY N° 20-G.
SALTA, Noviembre 16 de 1955.
El Interventor Federal de la Provincia de Salta, en ejercicio del Poder Legislativo, en Acuerdo General de Ministros
DECRETA
Con Fuerza de Ley:
Art. 1°.- Deróganse las leyes 1054 y su modificatoria 1464; 1099; 1444, 1458; 1486 y 1500, que designan respectivamente, con los nombres de: 4 de Junio y luego Villa Juan Domingo Perón al pueblo de Dequich; 17 de Octubre el pueblo de El Bordo, Camino Santo; Cabo Miguel A. Fariña a una plazoleta de la ciudad de Salta; General Perón y Eva Perón a las calles Alberdi y Caseros de la ciudad Capital; Eva Perón al departamento de La Viña; y 22 de Agosto a Villa de Chartas de la ciudad de Salta
Art. 2°.- Restitúyanse los primitivos nombres a los pueblos, calles y plazas cuyas denominaciones fueron modificadas por las leyes que se derogan por el artículo anterior.
Art. 3°.- Remítase al Poder Ejecutivo de la Nación para su aprobación y oportunamente a la H. Legislatura le la Provincia.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Tte. Cnel. (S.R.) JULIO R. LOBO,Celedonio A. Samamé, Darío F. Arias; Jorge J. Barrantes