DECRETO-LEY N° 200/62
PRESUPUESTO - MODIFICA PRESUPUESTO EJERCICIO 61/62.

Publicado en el Boletín N° 6745, el día 27 de Noviembre de 1962.

DECRETO-LEY N° 200-E
SALTA, Octubre 31 de 1962.
Expte. Nº 3725-62.
VISTO estas actuaciones en las que el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública solicita transferencia de fondos entre sus parciales del rubro "Otros Gastos" de su presupuesto para reforzar asignaciones anuales que han resultado insuficientes para cubrir necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente del rubro Contaduría General informa sobre la posibilidad de resolver favorablemente lo solicitado, para lo cual debe dictarse el instrumento legal que autorice las transferencias indicadas, ya que si bien ellas no implican el incremento del crédito total autorizado por ley de presupuesto configuran una modificación del mismo en cuanto a sus montos parciales;
Que disponer en tal sentido encuadra dentro de las facultades conferidas a los señores Interventores Federales por el artículo 2º del decreto nacional nº 9381/62, modificaorio del Nº 7077/62;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º.- Reestructúrase el crédito presupuestario del Ítem 2 -Otros Gastos del presente Ejercicio 1961/62, correspondiente al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, en su Inciso XXII - Departamento de Acción Social, reduciéndose su asignación anual en la en la medida y proporción que se indica a continuación:
ANEXO E:
Inciso XXII -Departamento de Acción Social - O. D. F. 550:
Part. Princ. c) 1 - Subsid. y Subvenc. - Parcial 3 - Fomento.....................................$ 95.000.-
Art. 2º.- Reestructúranse los créditos presupuestarios del Ítem 2 – Otros Gastos del presente Ejercicio 1961/1962, de las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, reforzándose sus asignaciones anuales en la medida y proporción que se indican a continuación:
ANEXO E
Inciso VI— Dirección de Asistencia Pública - O. D. F. 178:
Part. Princ. a) 1 - Gastos
Generales - Parcial 7 "Comunicaciones”…………………........................................$ 20.000.-
Part. Princ. a) 1- Gastos Generales - Parcial 14 - “Conserv. Varias"…………......$ 10.000.-
Part. Princ. a) 1 – Gastos Generales - Parcial 27 - “Limpieza y desinf."................ $ 20.000.-inciso IX - Instituto de Endocrinología -O. D. F. 181:
Part. Princ. a) 1 – Gastos Generales - Parcial 7 - “Comunicaciones"...................... $ 10.000.
Inciso XI - Departamento de Zoonosis - O. D. F. 183:
Part. Princ. a) 1 – Gastos Generales - Parcial 7 “Comunicaciones”.........................$ 10.000.-
Inciso XV - Dirección de Higiene y Bromatología - O. D. F. 187:
Part. Princ. a) 1 – Gastos Generales - Parcial 39 - “Útil. Lib. e Impres.”.............. ....$ 10.000.-
Inciso XVII - Servicio de Reconocimientos Médicos - O. D. F. 193:
Part. Princ. a) 1 – Gastos Generales - Parcial 7 - “Comunicaciones"………………. $ 5.000.-
Art. 3.- Los refuerzos contemplados en el Artículo 2º serán tomados de la rebaja dispuesta por el artículo 1° del presente decreto-ley.
Art. 4º.- Dispónese que las Ordenes de Disposición de Fondos correspondientes serán disminuidas y acrecentadas, en la medida de los importes determinados en los artículos 1° y 2°, respectivamente, según sea en cada caso, a cuyo efecto Contaduría General procederá a las contabilizaciones de práctica.
Art. 5º.- Dese conocimiento al Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
MARIO MOROSINI
MARCELO ANTONIO MARIA ROSASCO
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del Minist. de E. F. y O. P.


Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA

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