DECRETO-LEY Nº 207-E.
SALTA, Mayo 28 de 1956.
Expediente Nº 2253/B/52.
VISTO este expediente por el que se prorroga la concesión de agua pública a la fracción denominada Lapachal o Palma Sola de propiedad de los señores Bonadeo y Aráoz; y atento a las observaciones formuladas por la Administración General de Aguas de Salta, referente a la consignación de números de catastros equivocados en Decreto-Leyes 148 y 186 de fecha 28 de Marzo y 30 de Abril ppdo.
El Interventor Federal de la Provincia
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Déjase sin efecto el Decreto-Ley Nº 186 del 30/IV/56, modificatorio del Nº 148 del 28/III/56.
Art. 2º.- Rectifícase el artículo primero del Decreto-Ley Nº 148 del 28 de Marzo de 1956 el que queda redactado de la siguiente forma:
Prorrógase por el término de tres años la concesión de agua pública que oportunamente fuera otorgada por Decretos Nos. 8907, 8917, 9606/48 y 2766/52 a la fracción denominada “ Lapachal o Palma Sola, lotes 1 al 65, 76 al 81, 92, 92; 104, 105, 116, 117, 128, 131, 132, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152 y 153 de la CoIonización San Francisco, ubicados en el Departamento de Orán, partes integrantes de los “catastros 1648, 1918 y 1929 de propiedad de los señores BONADEO Y ARAOZ, para irrigar con un caudal de quinientos noventa y siete litros por segundo, a derivar del río San Francisco, por el Canal principal, con carácter temporal-eventual, una superficie de mil ciento noventa y cuatro hectáreas”.
Art. 3º.- El presente Decreto-ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 4º.- Elévese el presente a consideración del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ALEJANDRO LASTRA
Alfredo Martinez de Hoz
Es copia
Santiago Felix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del M. de E. F. y O. Públicas