DECRETO-LEY N° 23/75
IMPUESTO – FIJA MONTO COPARTICIPABLE A LOS MUNICIPIOS CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES.

Publicado en el Boletín N° 9847, el día 16 de Octubre de 1975.

DECRETO LEY Nº 23/75
Este decreto ley se sancionó el día 30 de setiembre de 1975.
Publicado en el Boletín Oficial de Salta Nº 9.847, del 16 de octubre de 1975.
Ministerio de Economía
El Interventor Federal de la Provincia decreta con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- El monto total participable a las municipalidades de la Provincia correspondiente al
Impuesto a los Automotores, estará constituido por el sesenta y cinco por ciento (65%) del total
recaudado por dicho concepto.
Art. 2º.- El monto de la participación correspondiente a cada municipio surgirá de la aplicación del
porcentaje establecido en el artículo anterior sobre la recaudación obtenida, proveniente de los
automotores radicados en jurisdicción de cada uno de los mismos.
Art. 3º.- El Poder Ejecutivo reglamentará el presente decreto ley.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Mosquera - Bacar



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