DECRETO-LEY N° 239/63
ADMINISTRACIÓN PUBLICA PROVINCIAL - DEJA ESTABLECIDAS LAS REMUNERACIONES DE CARGOS EN EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA, CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS.

Publicado en el Boletín N° 6796, el día 08 de Febrero de 1963.

DECRETO—LEY Nº 239—E.

SALTA, Enero 31 de 1963.

VISTO lo solicitado por la Dirección General de Rentas en Nota N° 2/63, por la Caja de Jubilaciones y Pensiones mediante Resolución N° 572/62; y
—CONSIDERANDO:
Que al elaborarse el Presupuesto General del Ejercicio Económico Financiero del año 1962/63, aprobado mediante Decreto-Ley N° 208 del 29 de noviembre de 1962, se ha incrementado en sueldos las bonificaciones que establecían los Artículos 13 y 14 del Decreto-Ley N° 31/62, lo que al tomarse con criterio general ha creado situaciones particulares en las cuales a agentes de la Administración Pública se les disminuyó la remuneración, por lo, que obrándose en justicia se debe corregir estas deficiencias;
Que la Dirección General de Rentas, solicita que la exigencia de título profesional que figura, para el cargo de Jefe de Departamento Fiscalización, sea trasladada al de Jefe de Departamento Contable y Administrativo; lo que de acuerdo a la Ley 1298 resulta lógico;
pero a los efectos de no entorpecer la organización solicitada por la Dilección de referencia debe asimismo efectuarse el cambio de remuneraciones; a la vez que solicita la anulación del aditamento “Habilitado . Pagador”, colocado a continuación del cargo, de Oficial 6°, por entenderse que corresponde a una función dentro del rol de la Repartición y no a una categoría específica, lo que facilitará la estructura funcional de la Repartición;
Que debe tenerse en cuenta a seis empleados que se desempeñan en las tareas de mecanización de la Dirección de Rentas, imputados a una partida global desaparecida por Decreto Ley 208/62, que creó, los cargos individuales que fueron congelados en general mediante Decreto Ley 211/62;
Que las medidas dispuestas no aumentan el monto del presupuesto general aprobado mediante Decreto Ley 208/62;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley :
Artículo 1° — Déjase establecido a partir de la vigencia del, Decreto Ley 208/62, las siguientes remuneraciones para los cargos, que a continuación se indican:

Anexo E— Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública: Inciso 1 — Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública.— Item A — Gastos en Personal:

Personal Administrativo y Técnico — Contador $ 18.000.—

II — Reparticiones Descentralizadas, inciso 5— Caja de Jubilaciones y Pensiones: ítem 1 — Gastos en Personal

Personal Administrativo y Técnico — Jefe Dpto. (Secretario General) .......................... $ 18.000.—

Contador ………………………………………………………………………………………………………………. " 18.000.— a) 2 PARTIDAS GLOBALES:

4 Remuneración 4 vocales del Directorio.……………………………………………………………….. $ 7.000.—

Las mayores erogaciones que significan se tomarán por transferencias de partidas) Aporte Patronal— 2 Partidas Globales—. 1 Caja de Jubilaciones y Pensiones.

Art. 2º — Déjase establecido a partir de la fecha en que se designen los respectivos funcionarios las siguientes modificaciones en el Anexo C— Inciso 3— Dirección General de Rentas— Item 1—

Gastos en Personal: Jefe Dpto. Contable y Administrativo (O. P.) ....... $ 18.500.—

Jefe Dpto. Fiscalización………………………………… …………………………………. ” 17.500.—

Suprímese el aditamento “Habilitado Pagador” que figura en un cargo de Oficial 6º.

Art. 3º — En virtud de la reorganización de la Dirección General de Rentas, déjase sin aplicación, por esta única vez y hasta que los 6 (seis) cargos de Ayudante Mayor sean cubiertos, las disposiciones del Decreto-Ley 211 del 4 de diciembre de 1962.
Art 4º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Dr. FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del Ministerio de E.F. y O.P.



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