CONVENIO – SUBSECRETARÍA DE TURISMO DE LA NACIÓN Y MINISTERIO DE ECONOMÍA DE PROVINCIA DE SALTA – OBRAS DE PRESERVACIÓN URBANA EN LA LOCALIDAD DE CACHI.
Publicado en el Boletín N° 9860, el día 04 de Noviembre de 1975.
DECRETO LEY Nº 25/75
Este decreto ley se sancionó el día de 27 de octubre de 1975.
Publicado en el Boletín Oficial de Salta Nº 9.860, del 4 de noviembre de 1975.
Ministerio de Economía
El Interventor Federal de la Provincia decreta con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Apruébanse los Acuerdos celebrados con fecha 28 de julio de 1975, entre la
Subsecretaría de Turismo de la Nación y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta, para la
ejecución de obras en las localidades de Cachi y Cafayate, cuyos textos se transcriben a
continuación:
"Acuerdo entre la Subsecretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta
para la ejecución de obras de preservación urbana en la localidad de Cachi. Entre la Subsecretaría
de Turismo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la Nación, en
adelante "la Subsecretaría", y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en adelante "el
Ministerio" a fin de realizar las obras que sobre preservación urbana en la localidad de Cachi
figuran como puntos 1.4, 1.6, 2.5 y 2.8 del Anexo I al Convenio sobre obras de infraestructura y
equipamiento turísticos suscripto el dos de mayo de mil novecientos setenta y cuatro entre la
provincia de Salta y la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo, se conviene lo siguiente:
1º. La Subsecretaría financiará la ejecución de las siguientes obras hasta los montos que se indican,
imputables a las partidas ya asignadas al efecto en el Presupuesto de 1974:
OBRA MONTO
Empedrado de calles. $ 1.300.000.
Acondicionamiento de veredas. $ 300.000.
Reparación de cercos y fachadas. $ 800.000.
Alumbrado público. $ 100.000.
Refacción de fachadas. $ 500.000.
La contribución de la Subsecretaría para los años 1975 y 1976 queda supeditada a las posibilidades
presupuestarias de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo en los Ejercicios de los años
indicados.
2º: Las obras las ejecutará por administración el Ministerio, de conformidad con las normas
vigentes en la materia en el orden provincial.
3º: Las especificaciones correspondientes serán definidas in situ por técnicos de la Subsecretaría,
del Laboratorio de Arquitectura y Arte Americanas de la Universidad Nacional de Tucumán y de la
Dirección Provincial de Turismo con la participación de un técnico del Ministerio.
4º: La Dirección de las obras será ejercida por un técnico del Ministerio. Periódicamente el director
del Laboratorio de Arquitectura y Arte Americanas, o la persona que él designe, supervisará la
marcha de las obras; otro tanto efectuarán técnicos de la Subsecretaría y un técnico designado con
carácter permanente a tal efecto por la Dirección Provincial de Turismo.
5º: El Ministerio solicitará a la Subsecretaría la realización de un cartel de obra, con el formato y
características que la Subsecretaría determine, en el cual se especificará claramente que los trabajos
son financiados por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar
Social de la Nación. En el caso que corresponda, se agregará la participación de la Provincia. El
costo del cartel queda incluído dentro del monto total de las obras.
6º: El Ministerio dentro de los quince días de la firma de este acuerdo, someterá a aprobación de la
Subsecretaría un cronograma que incluya la ejecución de anteproyectos, proyectos y llamados a
licitación, en el cual se determinarán las etapas de realización y la fecha de finalización de las obras.
7º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondo por aumento de costos;
éstos serán absorbidos por el Ministerio.
8º: Los aportes de la Subsecretaría se realizarán por intermedio de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la siguiente manera: a) Un
anticipo del treinta por ciento (30%) antes de la iniciación de las obras. b) Luego se efectuarán los
aportes contra rendición documentada del setenta por ciento (70%) de los fondos entregados a
efectos de su reposición.
9º: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a las obras de infraestructura y equipamiento turístico de la provincia
de Salta. La Dirección Provincial de Turismo será responsable del manejo de esa cuenta. El
Ministerio comunicará oportunamente a la Subsecretaría la apertura de dicha cuenta y el nombre de
la misma, a los efectos de las transferencias que correspondan.
10: El Ministerio se compromete a ejecutar las obras de acuerdo con las disposiciones legales
vigentes en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría de su ejecución
con ajuste a las mismas y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
11: El presente acuerdo reemplaza el suscripto el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y
cuatro sobre el mismo tema. En prueba de conformidad firman el presente en dos (2) ejemplares de
un mismo tenor, el señor Lic. D. Carlos Rubén Fernández, titular de la Subsecretaría de Turismo, y
el señor contador Abelardo Bacar, titular del Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en
Salta a los veintiocho día del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco." Firmado: "Lic.
Carlos Rubén Fernández, Subsecretario de Turismo, Secretaría de Estado de Deportes y Turismo -
C.P.N. Abelardo Bacar, Ministro de Economía - Jorge T. Hoyos, Director, Dirección Provincial de
Turismo."
"Acuerdo entre la Subsecretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta
para la ejecución de la obra Autocamping en la localidad de Cachi. Entre la Subsecretaría de
Turismo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la Nación, en adelante
"la Subsecretaría", y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta en adelante "el Ministerio",
a fin de lograr la realización de la obra Autocamping en la localidad de Cachi, que figura en el
Anexo I (punto 3.6) del convenio suscripto el dos de mayo de mil novecientos setenta y cuatro entre
la provincia de Salta y la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo, se conviene lo siguiente:
1º: El Autocamping de Cachi se instalará en el predio que el Gobierno de la provincia de Salta
destine a tales efectos, previa aprobación de la Subsecretaría.
2º: El Ministerio, a través de la Dirección Provincial de Turismo, será responsable de la ejecución
del proyecto sobre la base de los programas, esquemas de funcionamiento y normas de diseño que
especifique la Subsecretaría. La Dirección Provincial de Turismo someterá a consideración de la
Subsecretaría la documentación técnica pertinente para su aprobación, antes de la iniciación de los
trabajos.
3º: El Ministerio ejecutará las obras por administración de conformidad con las normas legales
vigentes en la Provincia.
4º: El Ministerio designará un técnico para la supervisión general de las obras. Periódicamente,
técnicos de la Subsecretaría verificarán la marcha de las mismas. Otro tanto efectuará un técnico
designado con carácter permanente a tal efecto por la Dirección Provincial de Turismo.
5º: El Ministerio solicitará a la Subsecretaría la ejecución de un cartel de obra, con el formato y
características que fije la Subsecretaría, en el cual se especificará que los trabajos son financiados
por la Subsecretaria de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar Social de la
Nación. En caso que corresponda, se hará notar la coparticipación de la Provincia. El costo del
cartel queda incluído en el monto total de la obra.
6º: El monto total de la inversión de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo será de un
millón de pesos ($1.000.000) a financiar con la partida ya asignada del Presupuesto de 1974.
7º: El Ministerio deberá hacer llegar a la Subsecretaría, dentro de los quince día siguientes a la
firma del presente acuerdo, un cronograma que incluya la ejecución del anteproyecto, el proyecto y
la ejecución de las obras, en el cual se determinarán las etapas de construcción y la fecha de
finalización de los trabajos. Dicho cronograma deberá contar con la aprobación de la Subsecretaría.
8º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondos por aumento de costos,
los cuales deberán ser absorbidos por el Ministerio.
9º: El Ministerio se compromete a ejecutar las obras de conformidad con las disposiciones legales
vigente en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría de su ejecución
con ajuste a las mismas disposiciones y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
10: Los aportes de la Subsecretaría se efectuarán por intermedio de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la siguiente manera: a) Un
anticipo del 30% antes de la iniciación de las obras. b) Luego se efectuarán los pagos contra
rendición documentada al 70% de los fondos entrados a efectos de su reposición.
11: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a las obras de infraestructura y equipamiento turísticos de la
provincia de Salta. La Dirección Provincial de Turismo será responsable del manejo de esa cuenta.
El Ministerio comunicará oportunamente a la Subsecretaría la apertura de dicha cuenta y el nombre
de la misma, a los efectos de la transferencia que correspondan.
12: El presente acuerdo reemplaza, en lo referente a la obra Autocamping en Cachi, el acuerdo
suscripto el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro por las dos partes. En prueba
de conformidad, firman el presente en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, el señor Lic. D. Carlos
Rubén Fernández, titular de la Subsecretaría de Turismo, y el señor contador Abelardo Bacar, titular
del Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en Salta, a los veintiocho días del mes de julio
de mil novecientos setenta y cinco." Firmado: "Lic. Carlos Rubén Fernández, Subsecretario de
Turismo, Secretaría de Estado de Deportes y Turismo - C.P.N. Abelardo Bacar, Ministro de
Economía - Jorge T. Hoyos, Director, Dirección Provincial de Turismo."
"Acuerdo entre la Subsecretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta,
para la ejecución de la obra 'estación terminal en Cachi'- Entre la Subsecretaría de Turismo,
dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la Nación, en adelante "la
Subsecretaría", y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en adelante "el Ministerio", a
fin de realizar la obra "estación terminal en Cachi", que figura como punto 3.5 del Anexo I al
Convenio sobre infraestructura y equipamiento turísticos, suscripto entre la Secretaría de Estado de
Deportes y Turismo y la provincia de Salta el dos de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, se
conviene lo siguiente:
1º: La estación terminal en Cachi se instalará en el predio que adquiera la provincia de Salta para
tales efectos, previa aprobación de la Subsecretaría.
2º: El Ministerio procederá a llamar a licitación para el proyecto y ejecución de la obra. Queda
acordado que antes del llamado a licitación, el Ministerio someterá a aprobación de la Subsecretaría
el pliego correspondiente. La misma aprobación será requerida antes de la adjudicación definitiva
de la obra.
3º: El Ministerio elaborará el pliego sobre la base de los programas, esquemas de funcionamiento y
normas de diseño que especifique la Subsecretaría.
4º: El Ministerio designará un técnico para la supervisión general de la obra. Periódicamente,
técnicos de la Subsecretaría verificarán la marcha de los trabajos; otro tanto efectuará un técnico
designado con carácter permanente a tal efecto, por la Dirección Provincial de Turismo.
5º: El Ministerio solicitará a la Subsecretaría la realización de un cartel de obra, con el formato y
características que determine la Subsecretaría, en el cual se especificará claramente que los trabajos
son financiados por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar
Social de la Nación. En el caso que corresponda, se agregará la coparticipación de la Provincia. El
costo del cartel queda incluído en el monto total de la obra.
6º: El monto estimado para la realización de la obra es de un millón quinientos mil pesos
($1.500.000). La Subsecretaría se compromete a financiar cincuenta mil pesos ($50.000) con cargo
a la partida ya asignada del Presupuesto para el año 1974. El resto queda sujeto a las posibilidades
presupuestarias para los Ejercicios 1975 y 1976 de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo.
7º: El Ministerio, dentro de los quince días de la fecha de suscripción del presente acuerdo,
someterá a aprobación de la Subsecretaría un cronograma que incluya la ejecución del anteproyecto,
del proyecto y del llamado a licitación, y donde se especificarán las etapas de la obra y la fecha
fijada para la finalización de los trabajos.
8º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondos por aumentos de costos;
éstos deberán ser absorbidos por el Ministerio.
9º: El Ministerio se compromete a ejecutar la obra de conformidad con las disposiciones legales
vigentes en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría con ajuste a las
mismas disposiciones y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
10: Los aportes de la Subsecretaría se efectuarán a través de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la Nación, dentro de los treinta
(30) días de la presentación de los certificados de obra correspondientes.
11: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a las obras de infraestructura y equipamiento turísticos en la
provincia de Salta. La Dirección Provincial de Turismo será responsable del manejo de dicha
cuenta. El Ministerio comunicará a la Subsecretaría la apertura de la cuenta y el nombre de la
misma, a los efectos de las transferencias que correspondan.
12: El presente acuerdo reemplaza el suscripto el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y
cuatro por ambas partes y sobre el mismo tema en lo concerniente a la estación terminal de Cachi.
En prueba de conformidad, firman el presente en dos ejemplares de un mismo tenor, el señor Lic.
D. Carlos Rubén Fernández, titular de la Subsecretaría de Turismo, y el señor contador Abelardo
Bacar, titular del Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en Salta, a los veintiocho días del
mes de julio de mil novecientos setenta y cinco." Firmando: "Lic. Carlos Rubén Fernández,
Subsecretario de Turismo, Secretaría de Estado de Deportes y Turismo - C.P.N. Abelardo Bacar,
Ministro de Economía - Jorge T. Hoyos, Director. Dirección Provincial de Turismo."
"Acuerdo entre la Subsecretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta,
para la ejecución de la obra 'Mercado Artesanal en Cafayate'. Entre la Subsecretaría de Turismo,
dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo, en adelante "la Subsecretaría", y el
Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en adelante "el Ministerio", a fin de realizar la
obra denominada 'Mercado Artesanal en Cafayate', que figura en el punto 3.7 del Anexo I al
Convenio sobre infraestructura y equipamiento turístico, suscripto el dos de mayo de mil
novecientos setenta y cuatro entre la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo y la provincia de
Salta, se conviene lo siguiente:
1º: El Mercado Artesanal se ubicará en el inmueble que a tales efectos adquiera la provincia de
Salta, previa aprobación de la Subsecretaría, con los fondos que le provea la Secretaría de Estado de
Deportes y Turismo. La Subsecretaría regulará la entrega de esos aportes de acuerdo con lo que
estipulen las partes a la firma del boleto. Queda acordado que el aporte anterior a la escrituración no
excederá el cincuenta por ciento (50%) del valor total del inmueble. El Ministerio se compromete a
realizar, con fondos propios, durante el año en curso, obras en el Mercado Artesanal, la refacción u
otras, por un monto igual al valor del inmueble, por lo menos.
2º: El anteproyecto de refacción del edificio será elaborado por el equipo de técnicos que dirigirá el
director del Laboratorio de Arquitectura y Arte Americanas de la Universidad de Tucumán.
3º: Sobre la base del anteproyecto mencionado en el punto anterior, el Ministerio ejecutará las obras
por administración y elaborará las especificaciones y proyectos de las instalaciones especiales.
4º: Periódicamente, el director del Laboratorio de Arquitectura y Arte Americanas, o la persona que
él designe, supervisará la obra; otro tanto efectuarán los técnicos de la Subsecretaría y un técnico
designado con carácter permanente, a tales efectos, por la Dirección Provincial de Turismo.
5º: El Ministerio Solicitará a la Subsecretaría la realización de un cartel de obra, con el formato y
características que determinará la Subsecretaría, en el cual se hará constar claramente que la obra es
financiada por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar Social de
la Nación. En el caso que corresponda, se pondrá de manifiesto la coparticipación de la Provincia.
El costo del cartel queda incluído en el monto total de la obra.
6º: El monto estimado para la realización total de la obra es de un millón trescientos mil pesos
($1.300.000) del cual quinientos mil pesos ($500.000) serán aportados por la Secretaría de Estado
de Deportes y Turismo con imputación a la partida ya acordada por el Presupuesto del año 1974; la
cantidad restante queda sujeta a las posibilidades presupuestarias de la mencionada Secretaría para
los años 1975 y 1976.
7º: El Ministerio, dentro de los quince días a contar desde la firma del presente acuerdo, someterá a
aprobación de la Subsecretaría un cronograma que incluya la ejecución del anteproyecto, del
proyecto, las etapas de realización de la obra y la fecha de finalización de los trabajos.
8º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondos por aumento de costos;
éstos deberán ser absorbidos por el Ministerio.
9º: Los aportes de la Subsecretaría se realizarán por intermedio de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la siguiente manera: a) Un
anticipo de un treinta por ciento (30%) antes de la iniciación de la obra. b) Luego se efectuarán las
entregas contra rendición documentada del setenta por ciento (70%) de los fondos entregados a
efectos de su reposición. Estos aportes se harán hasta completar el aporte total de la Subsecretaría
teniendo en cuenta lo establecido en el último párrafo del punto 1º.
10: El Ministerio se compromete a ejecutar las obras de acuerdo con las disposiciones legales
vigentes en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría de su ejecución
con ajuste a las mismas disposiciones y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
11: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a las obras de infraestructura y equipamiento turísticos. La Dirección
Provincial de Turismo será responsable del manejo de dicha cuenta. El Ministerio comunicará a la
Subsecretaría la apertura de la cuenta y el nombre de la misma a efectos de las transferencias que
correspondan.
12: El presente acuerdo reemplaza el firmado entre ambas partes sobre el mismo tema el catorce de
noviembre de mil novecientos setenta y cuatro. En prueba de conformidad firman el presente, en
dos (2) ejemplares de un mismo tenor, el señor Licenciado D. Carlos Rubén Fernández, titular de la
Subsecretaría de Turismo, y el señor contador Abelardo Bacar, titular del Ministerio de Economía
de la provincia de Salta, en Salta, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos setenta y
cinco." Firmado: "Lic. Carlos Rubén Fernández, Subsecretario de Turismo, Secretaría de Estado de
Deportes y Turismo - C.P.N. Abelardo Bacar, Ministro de Economía - Jorge T. Hoyos, Director,
Dirección Provincial de Turismo."
"Acuerdo entre la Subsecretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta,
para la ejecución de la obra Autocamping en Cafayate. Entre la Subsecretaría de Turismo,
dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo, en adelante "la Subsecretaría", y el
Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en adelante "el Ministerio", a fin de llevar a cabo
la obra denominada Autocamping en Cafayate, la cual figura como punto 3.9 del Anexo I al
Convenio sobre infraestructura y equipamiento turístico, suscripto el dos de mayo de mil
novecientos setenta y cuatro entre la provincia de Salta y la Secretaría de Estado de Deportes y
Turismo, se conviene lo siguiente:
1º: El Autocamping Cafayate se instalará en el predio que la provincia de Salta adquiera a tales
efectos, previa aprobación de la Subsecretaría, con los fondos que a tal fin destine la Secretaría de
Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar Social de la Nación. La Subsecretaría
regulará la entrega de esos fondos de acuerdo con lo que estipulen las partes a la firma del boleto;
en ningún caso el aporte previo a la escritura será superior al cincuenta por ciento (50%) del valor
total del inmueble. El Ministerio, por su parte, se compromete a realizar, con fondos propios,
durante el año en curso, trabajos en el Autocamping por un monto, por lo menos, igual al valor del
terreno.
2º: El Ministerio, a través de la Dirección Provincial de Turismo, en adelante "la Dirección", será
responsable de la ejecución del proyecto sobre la base de los programas y esquemas de
funcionamiento y normas de diseño que especifique la Subsecretaría. La Dirección someterá a
aprobación de la Subsecretaría la documentación técnica antes de la iniciación de los trabajos.
3º: El Ministerio ejecutará las obras por administración de conformidad con las normas vigentes en
la materia en la Provincia.
4º: El Ministerio designará un técnico para la supervisión general de las obras. Periódicamente,
técnicos de la Subsecretaría verificarán la marcha de las mismas. Otro tanto efectuará un técnico
designado con carácter permanente por la Dirección.
5º: El Ministerio solicitará a la Subsecretaría la realización de un cartel de obra, con el formato y
características que determine la Subsecretaría, en el cual se especificará que los trabajos son
financiados por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar Social de
la Nación. En el caso que corresponda se agregará la coparticipación de la Provincia. El costo del
cartel queda incluído en el monto total de la obra.
6º: El monto total estimado para la realización del Autocamping Cafayate es de dos millones de
pesos ($2.000.000), del cual un millón quinientos cuarenta mil pesos ($1.540.000) serán financiados
por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de acuerdo con la partida ya asignada en el
Presupuesto de 1974. El aporte restante queda sujeto a las posibilidades presupuestarias de la misma
Secretaría para los años 1975 y 1976.
7º: El Ministerio, dentro de los quince días de firmado el presente acuerdo, deberá someter a
aprobación de la Subsecretaría un cronograma que incluya la elaboración del anteproyecto, del
proyecto, las etapas de realización de los trabajos y la fecha fijada para la finalización de los
mismos.
8º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondos por aumentos de costos;
éstos deberán se absorbidos por el Ministerio.
9º: El Ministerio se componente a ejecutar las obras de conformidad con las disposiciones legales
vigentes en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría de su ejecución
con ajuste a las mimas disposiciones y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
10: Los aportes de la Subsecretaría se efectuarán a través de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo de la siguiente manera: a) Un
30% antes de la iniciación de las obras. b) Luego se efectuarán los pagos contra rendición
documentada del 70% de los fondos entregados a efectos de su reposición. Estos aportes se harán
hasta completar el aporte total de la Subsecretaría teniendo en cuenta lo establecido en la última
parte del punto 1º.
11: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a las obras de infraestructura y equipamiento turísticos en la
provincia de Salta. La Dirección será responsable del manejo de dicha cuenta. El Ministerio
comunicará oportunamente a la Subsecretaría la apertura de dicha cuenta y el nombre de la misma,
a los efectos de las transferencias que correspondan.
12: El presente acuerdo reemplaza el suscripto el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y
cuatro entre ambas partes, en lo referente al Autocamping de Cafayate. En prueba de conformidad
firman el presente, en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, el señor Lic. D. Carlos Rubén
Fernández, titular de la Subsecretaría de Turismo y el señor contador Abelardo Bacar, titular del
Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en Salta, a los veintiocho días del mes de julio de
mil novecientos setenta y cinco." Firmado: "Lic. Carlos Rubén Fernández, Subsecretario de
Turismo, Secretaría de Estado de Deportes y Turismo - C.P.N. Abelardo Bacar, Ministro de
Economía - Jorge T. Hoyos, Director, Dirección Provincial de Turismo."
"Acuerdo entre la Secretaría de Turismo y el Ministerio de Economía de la provincia de Salta para
la ejecución de la obra 'estación terminal en Cafayate'. Entre la Subsecretaría de Turismo,
dependiente de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo, en adelante "la Subsecretaría", y el
Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en adelante "el Ministerio", a fin de realizar la
obra 'estación terminal en Cafayate' que figura como punto 3.8 del Anexo I al convenio sobre
infraestructura y equipamiento turísticos, firmado entre la Secretaría de Estado de Deportes y
Turismo y la provincia de Salta el dos de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, se conviene lo
siguiente:
1º: La estación terminal de Cafayate se instalará en el predio que adquiera la provincia de Salta,
previa aprobación de la Subsecretaría, con los fondos que provea la Secretaría de Estado de
Deportes y Turismo de la Nación. La Subsecretaría regulará la entrega de esos fondos de
conformidad con lo que estipulen las partes a la firma del boleto; queda establecido que el aporte
anterior a la escritura no excederá el cincuenta por ciento (50%) del valor total del inmueble. El
Ministerio se compromete a financiar y a realizar trabajos de la obra para la erección de la terminal
por un monto equivalente al valor del terreno, por lo menos.
2º: El Ministerio procederá a llamar a licitación para el proyecto y ejecución de la obra. La misma
aprobación será requerida antes de la adjudicación definitiva de la obra.
3º: El Ministerio elaborará el pliego sobre la base de los programas, esquemas de funcionamiento y
normas de diseño que especifique la Subsecretaría.
4º: El Ministerio designará un técnico para la supervisión general de la obra. Periódicamente,
técnicos de la Subsecretaría verificarán la marcha de los trabajos otro tanto efectuará un técnico
designado con carácter permanente a tales efectos, por la Dirección Provincial de Turismo.
5º: El Ministerio solicitará a la Subsecretaría la realización de un cartel de obra, con el formato y
características que determine la Subsecretaría en el cual se especificará claramente que la obra es
financiada por la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo del Ministerio de Bienestar Social de
la Nación. En caso que corresponda, se agregará la coparticipación de la Provincia. El costo del
cartel queda incluído dentro del monto total de la obra.
6º: El monto estimado para la realización de la obra es de dos millones de pesos ($2.000.000), de
los cuales setecientos cincuenta mil pesos ($750.000) serán financiados por la Secretaría de Estado
de Deportes y Turismo con cargo a la partida ya asignada del Presupuesto del año 1974; el resto,
queda supeditado a las posibilidades presupuestarias de la mencionada Secretaría de los años 1975 y
1976.
7º: El Ministerio dentro de los quince días de la fecha de firma del presente acuerdo, someterá a
aprobación de la Subsecretaría un cronograma que incluya la ejecución del anteproyecto, del
proyecto y del llamado a licitación, y donde se especificarán claramente las etapas de la obra y la
fecha fijada para la finalización de los trabajos.
8º: La Subsecretaría no admitirá ningún pedido de mayor aporte de fondos por aumentos de costos;
éstos deberán ser absorbidos por el Ministerio.
9º: El Ministerio se compromete a ejecutar la obra de conformidad con las disposiciones locales
vigentes en la materia en jurisdicción provincial y a rendir cuenta a la Subsecretaría con ajuste a las
mismas disposiciones y en la forma que lo solicite la Subsecretaría.
10: Los aportes de la Subsecretaría se efectuarán a través de la Dirección General de
Administración de la Secretaría de Estado de Deportes y Turismo dentro de los treinta (30) días de
la presentación de los certificados de obras correspondientes.
11: El Ministerio se compromete a abrir una cuenta bancaria especial para el manejo de los fondos
de la Subsecretaría destinados a obras de infraestructura y equipamiento turísticos de la provincia de
Salta. La Dirección Provincial de Turismo será responsable del manejo de dicha cuenta. El
Ministerio comunicará a la Subsecretaría la apertura de la cuenta y el nombre de la misma a efectos
de las transferencias que correspondan.
12: El presente acuerdo reemplaza el suscripto el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y
cuatro por ambas partes y por el mismo tema en lo concerniente a la estación terminal de Cafayate.
En prueba de conformidad firman el presente en dos (2) ejemplares del mismo tenor, el señor Lic.
D. Carlos Rubén Fernández, titular de la Subsecretaría de Turismo, y el señor contador Abelardo
Bacar, titular del Ministerio de Economía de la provincia de Salta, en Salta, a los veintiocho días de
mil novecientos setenta y cinco." Firmado: "Lic. Carlos Rubén Fernández, Subsecretario de
Turismo, Secretaría de Estado de Deportes y Turismo - C.P.N. Abelardo Bacar, Ministro de
Economía - Jorge T. Hoyos, Director, Dirección Provincial de Turismo."
Art. 2º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ARANDA - Fombella