Publicado en el Boletín N° 6816, el día 13 de Marzo de 1963.
DECRETO LEY N.º 254 - A
Salta, 5 de Marzo de 1963
Expte. N° 40.073—62.
VISTA la observación legal formulada por el Tribunal de Cuentas al Decreto N’ 5977, de fecha 28 de diciembre de 1962, por el que se, aprueba el contrato celebrado entre el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública y el doctor Oscar A. Mardones, para su desempeño como asesor jurídico de la Dirección Provincial del Trabajo; y
—CONSIDERANDO:
Que la observación del Tribunal de Cuentas se fundamenta en la errónea-imputación del gasto;
Que el defecto tiene su origen en Ia omisión en el presupuesto vigente de la partida necesaria para el pago de remuneraciones al asesor jurídico de la Dirección Provincial del Trabajo, cuyas funciones son imprescindible para la buena marcha administrativa de la citada repartición y están previstas en su Ley Orgánica;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º — Incorpórase en el Presupuesto de la Dirección Provincial del Trabajo, para el Ejercicio 1962/63 —Anexo “E” —Inciso 19 del Decreto-Ley 208/62 —Item 2 —Partida a) 1— Parcial 25 "Honorarios y Retribuciones a Terceros", la suma de $ 360.000.— m/n., para la contratación de un Asesor Jurídico, con dedicación exclusiva.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto ley se tomará de la partida —Principal a) 1 —Parcial 25 “Honorarios y Retribuciones a Terceros”, del Item 2— Inciso 1----Anexo "E” —Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública.
Art. 3º — Lo dispuesto por el presente Decreto Ley -regirá a partir del 1º de noviembre de 1962. Art. 4º — Deróganse los artículos 20 y 30 del Decreto N.º 5977/62.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY. SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
Dr. FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JÓSE BAVA
Es copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública