DECRETO-LEY N° 259/56
PRESUPUESTO - APERTURA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

Publicado en el Boletín N° 5229, el día 23 de Agosto de 1956.

DECRETO-LEY Nº 259-G
SALTA, Agosto 14 de 1955
Expte. Nº 7498/56.
VISTO el presente expediente en el que la Dirección de Turismo y Cultura, solicita se arbitren fondos para la financiación del festival artístico que se realizará con la participación de la Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán y colaboración del Coro Polifónico de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que es propósito de esta intervención Federal fomentar toda iniciativa cultural auspiciándola en todas sus manifestaciones;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Dispónese la apertura de un crédito de Cuarenta mil pesos M/N. ($ 40.000 m/n.) que se tomarán de Renta Generales, para ser destinada a la financiación del festival artístico con la intervención de la Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán, que ha de realizarse próximamente, con la colaboración del Coro Polifónico de Salta.
Art. 2º.- Dispónese la incorporación del crédito abierto por el articulo 1º del presente decreto-ley dentro del Anexo B— Inciso I— Otros Gastos –Partidas Principal c) 1- Parcial "Festival Artístico c/participación Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán de la Ley de Presupuesto en vigencia.
Art. 3º.- Previa intervención de Contaduría, liquídese por Tesorería General de la Provincia a, favor de la Habilitación de Pagos del Ministerio de Gobierno, Justicia é Instrucción Pública, la suma de cuarenta mil pesos m/n ($ 40.000), para ser entregado a la Dirección de Turismo y Cultura, con cargo de oportuna rendición de cuentas, para la atención de los gastos que ocasione el festival artístico que realizará en esta ciudad, la Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán con imputación al Anexo D – Inciso I -Otros Gastos Partidas Principal c) 1- Parcial "Festival Artístico c/participación Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán", de la Ley de Presupuesto vigente.
Art. 4º.- La suma de cuarenta mil pesos m/n ($ 40.000 m/n.) liquidada que fuera a la Habilitación de Pagos del Ministerio de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública, y entregada por este a la Dirección de Turismo y Cultura, para los fines determinados en el articulo 3º del presente Decreto-ley, deberá ser reintegrada con el producido del festival artístico de referencia con crédito al Anexo E – Inciso I – Otros Gastos – Partida Principal c) 1 – Parcial “Festival Artistico c/participación de la Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Tucumán, de la Ley de Presupuesto en vigencia.
Art. 5°.- El presente decreto-ley será refrendado por todos los Ministros en ACUERDO GENERAL.
Art. 6º.- Elévese a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ALEJANDRO LASTRA
José María Ruda
Ministro de Gobierno e interino de Economía
Germán O. López
Es copia
RENE FERNANDO SOTO
Jefe de Despacho de Gobierno, J. é I. Pública



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