DECRETO LEY N º 261 — E.
SALTA, Marzo 27 de 1963
Expediente N º 252/63
—VISTO que Administración General de Aguas de Salta, solicita se prorrogue la vigencia del Decreto Ley N° 247/63 hasta el día 30 de abril del año en curso, en vista de las dificultades que han impedido hacer conocer sus disposiciones, circunstancia que no ha permitido a los usuarios de agua para riego cumplir con las mismas,
El Interventor Federal de la Provincia
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1 º — Prorrógase la vigencia del Decreto Ley Nº 247 del 5 de febrero de 1963, hasta el día 30 de abril del año en curso, con las siguientes modificaciones:
“a) Todo usuario que realicé el pago total de lo adeudado en concepto de canon de riego antes de la fecha indicada será eximido de los recargos de ley”.
“b) Los usuarios podrán abonar, por esta última vez la deuda por canon de riego sin recargos, en tres cuotas iguales y mensuales, debiendo abonar la primera antes de la fecha indicada y documentar las restantes con un interés del 12 0/0 anual”.
“c) Si no se ajustaren a los recaudos de los incisos a) y b)-se procederá al cobro por vía de apremio con los recargos establecidos por ley”.
Art. 2 º — Deróganse las disposiciones del Decreto Ley Nº 247/1963, que se opongan a las modificaciones consignadas precedentemente.
Art .3 º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
Dr.: FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Pedro Andrés Arranz
Jefe de Despacho - Subsecret. O. Públicas