DECRETO-LEY N° 272/56
PENSIONES - OTORGA PENSIÓN A FAVOR DE JULIA CASTRO ARAMAYO.

Publicado en el Boletín N° 5247, el día 20 de Septiembre de 1956.

DECRETO-LEY Nº 272-E

SALTA, septiembre 12 de 1956.

Expte. N° 1400-A-1956.

VISTO este expediente en el que la señora Julia Castro de Aramayo solicita el beneficio de una pensión graciable invocando para ello la precaria situación económica creada a su hogar por la pérdida de su hijo Lino Miguel Aramayo, acaecida en la Base de Río Santiago el 21 de setiembre de 1955, en acción de guerra y en defensa de los ideales que determinaron el triunfo de la Revolución Libertadora.
Por ello,

El Interventor Federal en la Provincia de Salta
En ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:



Art. 1°.- Acuérdase una pensión graciable mensual de $ 400.- m/n. (Cuatrocientos pesos Moneda Nacional), por el término de tres (3) años, a partir de la fecha del presente Decreto Ley, a favor de la señora Julia Castro de Aramayo, en su carácter de madre de don Lino Miguel Aramayo, muerto en acción de guerra en la Base de Río Santiago el 21 de setiembre de 1956.

Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo precedentemente dispuesto, se cubrirá de Rentas Generales, con imputación al presente, hasta tanto sea incluido en la ley General de Presupuesto.

Art. 3°.- El presente decreto-ley será refrendado por los señores Ministros en ACUER-DO GENERAL.

Art. 4°.- Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.

Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese,

ALEJANDRO LASTRA
Carlos A. Segón
José María Ruda
Jorge Luis Fernández Pastor
Es copia:
Mariano Coll Arias
Oficial Mayor de Economía, F. y O. Públicas



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