DECRETO-LEY N° 273/63
MUNICIPALIDADES - AUTORIZA A MUNICIPALIDAD DE IRUYA A VENDER O DEVOLVER LOS ARADOS ADQUIRIDOS EN VIRTUD DE LEY N° 3461.

Publicado en el Boletín N° 6838, el día 16 de Abril de 1963.

DECRETO LEY Nº 273 — E
SALTA, Abril 8 de 1963
Expediente Nº 2557/1962
—VISTO la Ley 3461/59 mediante la cual se autoriza al Poder Ejecutivo a invertir hasta
la suma de $ 100.000.— m/n. en la adquisición de arados de una y dos maneras para
ser transferidos sin cargo a la Comisión Municipal de Iruya; y
—CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad recurrente manifiesta que dicha compra ha sido inconsulta, realizada sin estudio previo y que los tipos de arados no se adaptan a la zona, por lo que no existe demanda por parte de los agricultores;
Que la iniciativa que motivara la Ley 3641 no ha podido ser cumplida por la circunstancia señalada, por lo que la Municipalidad solicita se la autorice a enajenar los arados y adquirir otros elementos de trabajo que faciliten la ejecución de obras públicas comunales de urgencia;
Que a los electos de que pueda disponerse conforme lo solicitado debe de acuerdo al dictamen del Tribunal de Cuentas y de Fiscalía de Gobierno, modificarse la Ley N° 3461 autorizando la enajenación o devolución a las casas proveedoras de los arados y la adquisición o trueque de otros elementos de trabajo que se adapten a las necesidades de la zona;
Por ello;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º — Autorízase a la Municipalidad de Iruya a vender o devolver los arados adquiridos en virtud de los términos de la Ley 3461/59, para adquirir con el producido de la misma otros elementos de labor necesarios para obras públicas comunales, y fomento agrícola de la zona.
Art. 2º — Dése conocimiento al Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUHO
Dr. FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Oficial Mayor - Jefe de Despacho de E. y F.



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