DECRETO-LEY N° 274/63
ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL - INCLUYE EN LA EXCEPCIÓN DEL ART. 1° DECRETO-LEY 211/62 A PERSONAL DE COCINEROS Y MUCAMAS DE ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES CON INTERNADO.

Publicado en el Boletín N° 6838, el día 16 de Abril de 1963.

DECRETO LEY N º 274 — E.
SALTA, Abril 8 de 1963
—VISTO lo solicitado por el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública en el sentido de que se contemple en las excepciones a las disposiciones del Decreto Ley 211 al personal de cocineros y mucamos de los establecimientos asistenciales con internados; y
—CONSIDERANDO:
Que el personal a que hace referencia el pedido efectuado por el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública es necesario para la marcha normal de los servicios hospitalarios;
Por ello;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º — Inclúyese en las excepciones del artículo 1º del Decreto Ley Nº 211/62, al personal de cocineros cocineras y mucamas de los establecimientos asistenciales con internado.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
Dr. FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Oficial Mayor - Jefe de Despacho de E. y F.



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