IMPUESTOS - PRORROGA PLAZO ESTABLECIDO POR ARTÍCULO 4° DEL DECRETO-LEY N° 218/56 A LA COMISIÓN REGULARIZADORA DEL SISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIAL.
Publicado en el Boletín N° 5256, el día 03 de Octubre de 1956.
DECRETO-LEY Nº 277-E
Salta, 25 de setiembre de 1956.
Visto la solicitado por la comisión Reorganizadora del Sistema Tributario Provincial,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Prorrógase por el término de treinta días el plazo acordado por el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 218/56 a la Comisión Reorganizadora del Sistema Tributario Provincial para el cumplimiento del cometido a su cargo.
Art. 2º.- Derógase toda disposición que se oponga al presente.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto-Ley, se imputará al Anexo C- Inciso X- Ítem 2- Principal a)2- Parcial 1- Orden de Pago Anual Nº 69/56 de la Ley de presupuesto vigente para el presente ejercicio.
Art. 4º.- El presente decreto-ley será refrendado por todos los señores ministros en Acuerdo General.
Art. 5º.- Elévese este Decreto-Ley a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro oficial y archívese.
ALEJANDRO LASTRA
Alfredo Martínez de Hoz (h)<
Juan Francisco Mathó
Sub-Secretario de Gobierno, Justicia é Instrucción Pública interinamente a cargo de la Cartera
Jorge Luis Fernández Pastor
Subsecretario de Asuntos Sociales Int. a cargo de la Cartera.
Es copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del M. de E. F. y O. Públicas