DECRETO-LEY N° 279/63
VIVIENDAS - ADJUDICA VIVIENDAS A PARTICULARES EN DPTO. CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 6846, el día 26 de Abril de 1963.

DECRETO LEY N º 279 — E
SALTA, Abril 17 de 1963
—VISTO la presentación formulada por la Unión Ferroviaria Seccional Salta, en favor de veinte (20) de sus afiliados, para que a los mismos se les adjudique viviendas en el barrio ubicado en las calles San Martín y Olavarría; y
—CONSIDERANDO:
Que la misma conforme a un compromiso del Gobierno Provincial, seleccionó entre sus afiliados a veinte (20) postulantes teniendo en cuenta la mayor urgencia en solucionar el problema planteado por la escases de vivienda;
Que es necesario proceder con amplio espíritu de solidaridad social que tienda a mejorar la situación de clase trabajadora de nuestra Provincia;
Que existen ciento veinte (120) viviendas ubicadas en el Barrio de San Martín y Olavarría de esta ciudad y que los postulantes se han inscripto, en el concurso llamado polla Dirección cíe la Vivienda, acreditando por su sueldo y núcleo" familiar que se encuentran comprendidos en las prescripciones legales que rigen el sistema de adjudicación de viviendas;
Por ello
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º — Adjudícase una vivienda en el barrio ubicado en la calle San Martín y Olavarría, a cada uno de los beneficiarios que seguidamente se detalla:
Sra. SABINA CRUZ FLORES Vda. de LUGONES
Sr. JUAN CARLOS ROSAS
Sr. ADOLFO MEDINA
Sr. FRANCISCO MIGUEL ROSAS
Sr. JULIO PADRON
SR. LUIS ALEJANDRO IBAÑEZ
SR. CARLOS EDUARDO COINTTE
SR. LUCAS BENICIO BURGOS
SR. NOLBERTO MARTINIANO MARIN
SR. FAUSTO MARTÍN MOLINA
SR. JOSE HILARIO GANEN
SR. DOMINGO ELIO PLAZA
SR. HORACIO RAFAEL ASTUDILLO
SR. FERNANDO FERRERO
SR. CIPRIANO BALDOMERO CORDOBA
SR. NESTOR JOSE CORBALAN
Sr. JORGE ALEJANDRO ASSAD
Sr. JUAN CIRILO ZAFARANICH
Sr. JOSE VELARLE
Art. 2º — La ubicación de las viviendas será establecida mediante sorteo al adjudicarse el resto de las viviendas en el Barrio citado, fijándose en dicha oportunidad el precio aproximado de la vivienda.
Art . 3º — Comuníquese, publíquese, insértese el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
Dr. FRANCISCO H. MARTINEZ BORELLI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Pedro Andrés Arranz
Jefe de Despacho del M. de Econ. F. y O. Púb.



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