A.G.A.S. AGUA - AUTORIZA A A.G.A.S. A ENAJENAR A LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY SALDOS DE CABLES CONDUCTORES, POSTES Y OTROS ELEMENTOS PROVENIENTES DE LA USINA.
Publicado en el Boletín N° 5270, el día 24 de Octubre de 1956.
DECRETO-LEY N° 295-E.
SALTA, Octubre 18 de 1956.
Expediente N° 4044—A—956.
—VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Aguaray solicita a la Administración General de Aguas de Salta le enajene saldos de cables conductores, postes y otros elementos provenientes de la usina eléctrica que fuera propiedad de la repartición, y el solar donde aquella se levantara;
Que estos elementos se hallan deteriorados por el incendio que destruyó la fábrica y serían utilizados por la Municipalidad para levantar la nueva usina y el tendido de la consiguiente red de alumbrado;
Que el precio del inmueble y los materiales sería convenido entre las partes;
Que esta venta facilitaría el propósito de la Municipalidad recurrente redundando en beneficio de la población que disfrutaría a una mayor brevedad del servicio de luz eléctrica;
Por ello, atento a lo dispuesto por el Art. 93° de la Ley 775 de Administración General de Aguas de Salta,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1°.- Autorízase a Administración General de Aguas de Salta a enajenar a la Municipalidad de Aguaray, en las condiciones que convengan ambas partes, el solar, cables, postes y otros materiales provenientes de la usina que fuera propiedad de la primera y para ser destinadas a la nueva fábrica y red distribuidora de corriente eléctrica que construirá la mencionada Municipalidad.
Art. 2°.- El producido de esta venta lo empleará Administración General de Aguas de Salta en el mejoramiento de las usinas que están bajó su explotación.
Art. 3°.- Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4°.- El decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.