DECRETO-LEY N° 30/55
EXONERACIÓN - DE CARGOS Y MULTAS DE DEUDAS POR TASAS DE ALUMBRADO Y LIMPIEZA

Publicado en el Boletín N° 5053, el día 01 de Diciembre de 1955.

DECRETO-LEY N° 30-G

SALTA, Noviembre 22 de 1955.

Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta, en ejercicio del Poder Legislativo en Acuerdo General de Ministros

DECRETA

Con Fuerza de Ley:

Art. 1°.- Dispónese la exoneración de los recargos y multas aplicadas a los contribuyentes deudores de la Comuna de la Capital de la Provincia.

Art. 2°.- Condónase íntegramente las multas y recargos que se adeudaren en concepto de las tasas de alumbrado y limpieza tanto de negocios como de propiedades que se encontraren impagas, a la fecha del presente Decreto-Ley.

Art. 3º.- Fíjase un plazo de sesenta (60) días a contar de la fecha del presente Decreto-Ley para que los contribuyentes afectados abonen los valores que adeudaren.

Art. 4°.- Quedan comprendidos dentro de los beneficios del presente decreto-ley, los contribuyentes que se encuentran en infracción a los artículos 9º y 10º de la Ordenanza N° 186.

Art. 5°.- Sométase oportunamente, para su aprobación al Poder Ejecutivo de la Nación y a las HH. CC. Legislativas de la Provincia.

Art. 6°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Tte. Cnel. (S.R.) JULIO R. LOBO, Celedonio A. Samamé, Darío F. Arias, Ferdinando M. Virgili

Es copia:
María Emma Sales de Lemme
Oficial Mayor de Gobierno, Justicia e I. Pública



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