PRESUPUESTO - IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA DE SUELDOS Y GASTOS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO.
Publicado en el Boletín N° 5301, el día 07 de Diciembre de 1956.
DECRETO- LEY Nº333—A
SALTA, Noviembre 30 de 1956.
Expte. Nº 23.327/56.
VISTO lo Solicitado por la Dirección de Administración del rubro; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley Nº 322, del 14 del corriente mes se dispuso _ Art. 9º.- que la ex Subsecretaría de Asuntos Gremiales, pasara a Depender del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública con la denominación de Dirección Provincial del Trabajo;
Que el referido Decretó-Ley no ha previsto los recursos para que los sueldos y gastos de la mencionada Dirección sean atendidos en forma directa por el citado Departamento de Estado;
Por ello y a fin de regularizar el normal funcionamiento de la Dirección Provincial Trabajo,
El Interventor Federal de la Provincia
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Hasta el 31 de diciembre del corriente año, los sueldos y gastos de la Dirección Provincial del Trabajo, dependiente Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, se imputarán con cargo al presupuesto de la ex-Subsecretaría de Asuntos Gremiales.
Art. 2º.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 3º.- Elévese a conocimiento del Poder Ejercicio Nacional.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.