DECRETO LEY Nº 336
Ministerio de Economía, F. y O. Públicas
SALTA, Julio 5 de 1963
Expte. N° 40.878-63.
VISTO estas actuaciones mediante las cuales la Dirección de la Escuela de Auxiliares Sanitarios “Dr. Eduardo Wilde”, solicita la inclusión del personal docente que se desempeña en ese establecimiento, en los beneficios que establece la Ley N° 3707/61; y
—CONSIDERANDO:
Que el Art. 2° de la mencionada Ley establece que se considera docente, a los efectos de la misma, a quién imparte, dirige, supervisa u orienta la educación general y la enseñanza, así como a quién colabora directamente en esas funciones, con sujeción a normas pedagógicas y reglamentaciones vigentes, por lo que se estima justificada la solicitud formulada: en este sentido por la Dirección de la Escuela “Dr. E. Wilde”;
Por ello, atento a lo informado por el Tribunal de Cuentas a fs. 3, y a los informes de fs. 7 y 8, como así a lo dictaminado por el Asesor Letrado del Ministerio del rubro a fs. 4 vta.,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta En Acuerdo General de Ministros Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º. — Incluyese en el régimen de la Ley N.º 3707/61 al personal docente que presta servicios en la Escuela de Auxiliares Sanitarios, “Dr. Eduardo Wilde”, dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública.
Art. 2º. — Las remuneraciones establecidas en la ley anteriormente citada, serán liquidadas al personal que se incorpore en su régimen, a partir del 9 de mayo del corriente año.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto ley será atendido con imputación al Anexo E, Inciso 18 —Ítem 1 —Principal A— 8 Parcial 2, de. la Ley de Presupuesto vigente.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNALDO
RAFAEL ALBERTO PALACIOS
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública