DECRETO-LEY N° 337/56
ADHESIÓN LEYES NACIONALES - DEROGA LEY N° 2713 (ORIGINAL N° 1435), DE ADHESIÓN A LEY NACIONAL N° 14071 (CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD).

Publicado en el Boletín N° 5301, el día 07 de Diciembre de 1956.

DECRETO-LEY Nº 337-G


SALTA, Noviembre 30 de 1956


VISTA la Ley 1435 promulgada el 30 de junio de 1952; y,


CONSIDERANDO:


Que la Ley 1435 de la Provincia dispone.la adhesión del Gobierno de la Provincia a las disposiciones establecidas en los artículos 1º ,2º y 3º de la Ley Nacional Nº 14.071 sobre creación del Consejo Federal de Seguridad;


Que el Consejo Federal de Seguridad fue otro de los tantos institutos de opresión política y social del régimen depuesto;


Que la Ley Nacional 14.071 puso bajo la férula del Ministerio del Interior a la Policía Federal, Gendarmería Nacional, el Registro Nacional de las Personas, la Policía Marítima y las policías de los Territorios, con el definido propósito de centralizar el Estado de Policía, bajo la dependencia directa del Ministerio del Interior que por naturaleza tiene a su cargo la conducción política del gobierno;


Que mediante este sistema de unificación del comando policial, el Gobierno de la Nación implantó el control más estricto y la vigilancia integral de todos los habitantes para ahogar la libertad de opinión, el derecho de reunión y las garantías ciudadanas;


Que en 1955 se dictaron los Decretos 13.491 y 227, tendientes a fortalecer y concentrar más la presión policial que allanó por completo las autonomías locales, imponiendo en todas las provincias la ley y la autoridad arbitraria y discrecional de la Nación;


Que el Gobierno Provisional de la Revolución Libertadora ha desmantelado el Estado Gendarme creado para asfixia de los derechos y garantías de los habitantes de la República trasladando por Decreto-Ley Nº 1868/55 la Gendarmería Nacional a la jurisdicción militar del Ministerio de Ejército y la Prefectura Nacional a la jurisdicción naval del Ministerio de Marina;

Que finalmente por Decreto-Ley 2444/56, el Gobierno Provisional suprimió la Dirección Nacional de Seguridad y el Consejo Federal de, Seguridad, derogando la Ley 14071 y los Decretos 13.491 y 227;

Que como consecuencia de lo que antecede y como pronunciamiento de condenación al acto de la Provincia que adhiera al régimen dictatorial y opresivo abatido en el país, se hace necesario abrogar la ley provincial Nº 1435.

Por ello,

El Interventor Federal de la Provincia de Salta

En ejercicio del Poder Legislativo

Decreta con Fuerza de Ley:

Art. 1º.- Derógese la Ley Nº 1435 promulgada el 30 de junio de 1952.

Art. 2º.- Elévase a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.

Art. 3º.- El presente Decreto-Ley, será refrendado por todos los Ministros, en Acuerdo General.

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

ALEJANDRO LASTRA

José María Ruda

Alfredo Martínez de Hoz (h).

Julio Passerón

Es copia

Miguel Santiago Maciel

Oficial Mayor de Gobierno J. e I. Pública



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