DECRETO-LEY N° 337/63
IMPUESTOS – RATIFICA ACTA DE PRÓRROGA DE CONVENIO MULTILATERAL DEL 14 DE ABRIL DE 1960.

Publicado en el Boletín N° 6895, el día 16 de Julio de 1963.

DECRETO LEY Nº 337
Ministerio de Economía, F. y O. Públicas
SALTA, Julio 5 de 1963
—VISTO estas actuaciones en las que corre copia del acta suscripta en la Capital Federal el 31 de mayo del año en curso, por los señores Representantes de Provincias y un representante de la Municipalidad de la Cuidad de Buenos Aires, por la que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1964 “ad-referéndum” de los respectivos gobiernos provinciales y de la Intendencia Municipal de la citada comuna, el Convenio Multilateral del 14
de Abril de 1960 para prevenir la doble imposición en materia de impuestos a las actividades lucrativas; y,
—CONSIDERANDO:
Que conforme a lo pactado con la Comisión Arbitral del mencionado convenio corresponde disponer la ratificación legal del acta de referencia, ya que es de interés para la Provincia asegurar la regular percepción de las participaciones que por este concepto corresponde;
Que ya en actuaciones similares Decreto Ley N° 120/62— se resolvió en igual forma;
Por ello;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta En Acuerdo General de Ministros Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º. — Ratificase el acta de prórroga del Convenio Multilateral del 14 de Abril de 1960 hasta el 31 de diciembre de 1964 suscripta entre las partes concurrentes a la reunión realizada en la ciudad de Buenos Aires el 31 de mayo de 1963 entre las que se encontró representada la Provincia de Salta por el señor Representante General de la Provincia en la Capital Federal.
Art. 2º. Dése a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 3º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNALDO
RAFAEL ALBERTO PALACIOS
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Oficial Mayor - Jefe de Despacho de E. y F.



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