DECRETO-LEY N° 343/63
INTERVENCION - INTERVIENE CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES.

Publicado en el Boletín N° 6902, el día 25 de Julio de 1963.

DECRETO LEY Nº 343
Ministerio de Economía, F. y O. Públicas
SALTA, Julio 17 de 1963
VISTO el decreto ley número 331/63, que crea el instituto Provincial de Seguridad Social con la incorporación de la Caja de jubilaciones y Pensiones y la Sección Seguros Sociales del Instituto Provincial de Seguros y;
CONSIDERANDO:
Que, como medida previa tendiente a concretar la organización del instituto creado, se estima conveniente disponer la intervención de ambos organismos;
Que el Instituto Provincial de Seguros se encuentra ya intervenido por disposiciones del decreto ley número 256/63;
Que, consecuentemente debe procederse de igual manera con la Caja de Jubilaciones y Pensiones
Por ello
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º. — Decláranse intervenido la Caja de Jubilaciones y Pensiones a partir de la fecha de este Decreto Ley. Con igual fecha dense por terminadas las funciones de los vocales de la Junta Administradora.
Art. 2º. — Designase interventor de la Caja de Jubilaciones y Pensiones al Escribano Nacional señor JUAN CARLOS ZUVIRIA, M. I. S. 3.944.936, con las facultades que la Ley le acuerda a la Junta Administradora.
Art. 3º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNALDO
RAFAEL ALBERTO PALACIOS
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública



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