IMPUESTO: EXENCION - EXIME DE IMPUESTOS Y SELLADOS A RIFA ORGANIZADA POR EL CENTRO MUTUAL DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA CÁRCEL PENITENCIARIA DE SALTA.
Publicado en el Boletín N° 6904, el día 29 de Julio de 1963.
DECRETO LEY N.º 350
Ministerio de Economía, F. y O. Públicas
SALTA, Julio 19 de 1963
Expediente N° 7555/63
—VISTO el pedido formulado por la comisión directiva del Control Mutual de Empleados y Obreros de la Cárcel Penitenciaría de Salta, en el sentido de que se exima de los impuestos municipales a la rifa ya realizada por el citado Centro y cuyo beneficio se procederá a la construcción del mausuleo de la entidad de referencia;
Por, ello y atento a lo informado por la Municipalidad de la Capital a fs. 13 y a lo dictaminado por Fiscalía de Gobierno a fs. 14;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Artículo 1º. — Exceptúase de los impuestos y sellados municipales correspondientes a la rifa organizada por el Centro Mutual de Empleados y Obreros de la Cárcel Penitenciaría de Salta, en mérito a los considerandos expuestos precedentemente.
Art. 2º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNALDO
RAFAEL ALBERTO PALACIOS
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia: M. Mirtha Aranda de Urzagasti
Jefe Sección Minist. de Gob. J. e l. Pública