DECRETO-LEY N° 36/55
RATIFICA DESIGNACIÓN - DR. JOSÉ RICARDO VIDAL, COMO VOCAL DE LA CÁMARA DE PAZ LETRADA

Publicado en el Boletín N° 5061, el día 14 de Diciembre de 1955.

DECRETO-LEY N° 36-E
SALTA, Diciembre 2 de 1955.
Expte. Nº 7674/55.
VISTA la nota de la Excma. Corte de Justicia de fecha 29 de Noviembre ppdo.; y,
Que de dicha comunicación resulta haberse dejado en suspenso la recepción del juramento de ley, y , consiguientemente, la incorporación a la Magistratura, del Dr. José Ricardo Vidal, por no cumplir a la fecha de su designación por Decreto-Ley Nº 8 del 20 de Octubre ppdo., el requisito constitucional de tener dos años de ejercicio en la profesión de abogado;
Que por tal causa se encuentra todavía desintegrada la Excma. Cámara de Paz Letrada, con el natural entorpecimiento en sus funciones;
Que de la mencionada comunicación, resulta haberse cumplido, al 28 de Noviembre ppdo., dicho requisito constitucional, en atención a la fecha en que el Dr. José Ricardo Vidal obtuvo su diploma de abogado;
Que, por tanto, corresponde ratificar a sus efectos, la designación de que se trata;
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
en Ejercicio Del Poder Legislativo,
en Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Ratifícase la designación del Dr. JOSE RICARDO VIDAL, como vocal de la Cámara de Paz Letrada, hecha por Decreto-Ley N° 8, de fecha 20 de Octubre ppdo.
Art. 2º.- Remítase oportunamente, para su aprobación, al Poder Ejecutivo de la Nación y a las Honorables Cámaras Legislativas de la Provincia.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
Tte. Cnel. (S.R.) JULIO R. LOBO
Arturo Oñativia
Julio A. Cintioni
Adolfo Aráoz
ES COPIA
RENE FERNANDO SOTO
Jefe de Despacho de Gobierno, J. e I. Publica


Tte. Cnel. (S.R.) JULIO R. LOBO - Arturo Oñativia - Julio A. Cintioni - Adolfo Aráoz

Responsive image Responsive image