PENSIONES - PRORROGA POR 5 AÑOS PENSIÓN GRACIABLE A FAVOR DE MARÍA SUÁREZ DE ESCALADA.
Publicado en el Boletín N° 6929, el día 03 de Septiembre de 1963.
DECRETO-LEY N º 379.
Ministerio de Asuntos Sociales y S. Pública
Expte. N º 2833-E/63 (N º 4085/58 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia)
VISTO en estas actuaciones la solicitud presentada por la señora MARIA SUAREZ DE ESCALADA, referente a la prórroga de la pensión graciable que le fuera concedida por Ley número 3201, de fecha 29-9-58, por el término de cinco años; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado beneficio le fue otorgado a la peticionante en mérito a los patrióticos servicios prestados a la Provincia por Don Mariano Cabezón, de quién es biznieto y por su carencia de recursos económicos:
Que de acuerdo a las constancias existentes aún, subsisten las causas que motivaron su otorgamiento, por lo cual y de acuerdo a las
disposiciones de la Ley 3255 y al dictamen del señor Letrado del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública a fs. 12 vta.;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1 º — Prorrógase por el término de cinco (5) años, a partir del 20 de setiembre de 1963 y con la bonificación establecida por Decreto Ley 77/62, la pensión graciable acordada a doña MARIA SUAREZ DE ESCALADA por Ley Nº 3201 del 29/9/58.
Art. 2 º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Dr. MARIO JOSE BAVA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
Dr. VICTOR MUSELI
Es Copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública