CEMENTERIO - AUTORIZA AL INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA A FIRMAR ESCRITURAS TRASLATIVAS DE LOTES DE TERRENOS EN EL CEMENTERIO LOCAL.
Publicado en el Boletín N° 5341, el día 05 de Febrero de 1957.
DECRETO - LEY N° 382 - G
SALTA, Enero 24 de 1957
Por ello; y atento a lo dictaminado por el señor Fiscal de Estado, a fs. 3,
El Interventor Federal Interino de la Provincia
En Ejercicio del Poder Legislativo.
Decreta
Con Fuerza de Ley :
Art. 1° - Autorízase, al señor Interventor de la Municipalidad de la Capital, a firmar escrituras traslativas en concepto de venta de los de terrenos en el cementerio local; como así también para suscribir las escrituras referentes a licitaciones y concesiones que se adjudiquen por la Comuna, con la única excepción de "las concesiones de uno de los bienes públicos de la Comuna, con carácter de exclusividad”, las que de acuerdo al Art. 173° - Inciso 6 de la Constitución Provincial de 1929, vigente, necesitarían en cada caso, autorización especial; y en un todo de acuerdo a las disposiciones de Art. 38° - Inciso 3 de la Ley N° 1456, que dice: “formular las bases para toda clase de licitaciones, considerar las propuestas y celebrar los contratos respectivos.
Art. 2° - El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los Ministros en Acuerdo General.
Art. 3° - Elévese a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4° - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DEL CAMPO
CARLOS A. SEGÓN
Es copia:
RENE FERNANDO SOTO
Jefe de Despacho de Gobierno, J. é I. Pública